Listado de Derechos Fundamentales
art 125 Derehco a loa Vida
art. 16 Libertad de pensamiento
art 17 Derecho a la libertad
art 18 Derecho al honor y propia imangen
Art 19 Libertad ade ciruclacion
art 20 libertad de expresion
art. 21 Derecho de reunion
art 22 . Derehco de asoicaicon
art 23 Derecho ala particpiacion en asuntos publicos
art 24 Todas lasp erosnas tiente derehco aobetner tutuela efectiva de los jeces
art 25 Funcion del sismte penitenciario es la reinsercion social
art 26 No eixstencia de tribuanles de honor
art 27 derecho ala educacion
art 28 Derecho de la sindicacion
art 29 Derecho de peticion.
art. 16 Libertad de pensamiento
art 17 Derecho a la libertad
art 18 Derecho al honor y propia imangen
Art 19 Libertad ade ciruclacion
art 20 libertad de expresion
art. 21 Derecho de reunion
art 22 . Derehco de asoicaicon
art 23 Derecho ala particpiacion en asuntos publicos
art 24 Todas lasp erosnas tiente derehco aobetner tutuela efectiva de los jeces
art 25 Funcion del sismte penitenciario es la reinsercion social
art 26 No eixstencia de tribuanles de honor
art 27 derecho ala educacion
art 28 Derecho de la sindicacion
art 29 Derecho de peticion.
Derechos fundamentales. 2
art. 26 .La funcion del sistema penitenciario es la reinsercion social, los presos no serán sometidos a trbajoz forzados, serán retriubido por su trabajo ygozaran de los derechos de la Seguridad Social
Art. 26. No existirán los tribunales dde honor en la administracion civil y organizaciones profesionales.
Art 27,. Derecho a la educacion para el desarrollo de la peronsa, los poder públicos garantizaran el derehoc a luna ofmraicon religiosa y moral de acuerdo con las creencias propias. La ernseñanza b´`asica es obligatoira y gratuita.
Derecho de lasp eornsas ficias y jruidcas a la creacion de cnetros docente,s de aucerdo con los pirnicpios consittuiconaes. Los poderes públicos inspeccionarna y homoloraran el sistema deucaitvo para garnatizar el cumplimento de las leyes.
Art. 28 Derecho de isndicacion librementme,, se delimita este derecho ala Fuerzas o instituicon armados y demas cuerpos soemtidos a disciplina militar. El derehco de libertad sindicial comprende el derecho a crear y afiliarse a un sindicato y formar confederaciones sindciales, naide puede ser obligado aafiliarse a un sindicato.
El derehco ahuelga para la defensa de sus intereses, La ley regulará el ejercicio para establecer las garantías precisas y asegurar el manenimiento de los servicios esenciales de loa comunidad.
Art 29 Derecho de peticion individual y colectiva por escrito en fomra y con os efectos que detemrine la ley.
Art. 26. No existirán los tribunales dde honor en la administracion civil y organizaciones profesionales.
Art 27,. Derecho a la educacion para el desarrollo de la peronsa, los poder públicos garantizaran el derehoc a luna ofmraicon religiosa y moral de acuerdo con las creencias propias. La ernseñanza b´`asica es obligatoira y gratuita.
Derecho de lasp eornsas ficias y jruidcas a la creacion de cnetros docente,s de aucerdo con los pirnicpios consittuiconaes. Los poderes públicos inspeccionarna y homoloraran el sistema deucaitvo para garnatizar el cumplimento de las leyes.
Art. 28 Derecho de isndicacion librementme,, se delimita este derecho ala Fuerzas o instituicon armados y demas cuerpos soemtidos a disciplina militar. El derehco de libertad sindicial comprende el derecho a crear y afiliarse a un sindicato y formar confederaciones sindciales, naide puede ser obligado aafiliarse a un sindicato.
El derehco ahuelga para la defensa de sus intereses, La ley regulará el ejercicio para establecer las garantías precisas y asegurar el manenimiento de los servicios esenciales de loa comunidad.
Art 29 Derecho de peticion individual y colectiva por escrito en fomra y con os efectos que detemrine la ley.
Etiquetas: derecho fundamental
Derechos fundamentales.
Art. 20. Libertad de expresión. Todos los españoles tienen derecho a expresar su opinión libremente, la libertad de cátedra, a publicar información veraz. NO exisitirá la censura previa
Solo podrán ser secuestrada las publicaciones por orden judicial.
Art. 21. Derecho de reunión libremente, siempre que sea p acifica y sin armas. En los casos de reunión en lugares públicos o manifestación se solicitara autorizacion previa por seguridad publica.
Art 22. Derecho de aosciación, se podrán crear asociaciones libremtne, deberán inscribirse en un regisro público, se proiben las asociaciones secretas y paaramilitares. Será ilegales las asociaciones delictivas o prohibidas.
Art. 23 Los ciudadanos atienten derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremtne, libremetne elegidos en elecciones periodicas por sugragio universal. asi mismos tietne derecho aacceder en condicones de igualdad a la s funciones y cargos públicos, con los requistiocs que señále las leyes.
Art. 24. Todas las perosnas teitne derehco aobtneer una tutela efectiva de los jeuces y tribunales en el ejreercico de us derechos e intereses légitmos, sin que en ningun caso , puean producirse indefensión, Todos tiente derehoca al Juez oridnario predetermando por la Ley, a la defentsa y asistencia de letrados, a ser informados de las aucsaicon formualda ocntra ellos a un proceso público sin dilaciones.
art 25 La funcion del sismten paenitenciario a e ls reincedrscion soicalk, los presosno no seran someitos a trabajos forzados , sera retriuidos por u trabajo y ogzaran del os derehchos de laseugirds social.
Solo podrán ser secuestrada las publicaciones por orden judicial.
Art. 21. Derecho de reunión libremente, siempre que sea p acifica y sin armas. En los casos de reunión en lugares públicos o manifestación se solicitara autorizacion previa por seguridad publica.
Art 22. Derecho de aosciación, se podrán crear asociaciones libremtne, deberán inscribirse en un regisro público, se proiben las asociaciones secretas y paaramilitares. Será ilegales las asociaciones delictivas o prohibidas.
Art. 23 Los ciudadanos atienten derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremtne, libremetne elegidos en elecciones periodicas por sugragio universal. asi mismos tietne derecho aacceder en condicones de igualdad a la s funciones y cargos públicos, con los requistiocs que señále las leyes.
Art. 24. Todas las perosnas teitne derehco aobtneer una tutela efectiva de los jeuces y tribunales en el ejreercico de us derechos e intereses légitmos, sin que en ningun caso , puean producirse indefensión, Todos tiente derehoca al Juez oridnario predetermando por la Ley, a la defentsa y asistencia de letrados, a ser informados de las aucsaicon formualda ocntra ellos a un proceso público sin dilaciones.
art 25 La funcion del sismten paenitenciario a e ls reincedrscion soicalk, los presosno no seran someitos a trabajos forzados , sera retriuidos por u trabajo y ogzaran del os derehchos de laseugirds social.
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