La autorización para la acreditación de la certificación de la normalización.
..a final de mes caduca mi permiso de conducir y, por tanto, me dispongo a realizar todos los trámites necesarios. Acudo a una clínica privada para obtener un certificado médico y no salgo de mi asombro al constatar que dicho documento es cumplimentado y firmado por una persona ajena a la profesiòn médica. No practican ninguna prueba (ni oftalmológica, ni acústica, ni dinámica, ni psicológica), nada en absoluto; sólo me piden los 27 euros de su importe. Cuando salgo de la clínica leo en un rótulo que también realizan certificados para permisos de armas…¡Qué miedo!
De la carta de una lectora publicada en prensa el 24 de enero de 2.005. Este no es un hecho infrecuente y aislado. Estas clínicas privadas son un tipo de centros sanitarios, los Centros de Reconocimientos de Conductores. Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios (clínicas, consultas, hospitales, etc...) están obligados a obtener la autorización administrativa para su apertura y funcionamiento, por normativa básica del Estado, cuya aplicación y desarrollo corresponde a las administraciones de las Comunidades Autónomas.
La autorización o licencia es una competencia tradicional de la autoridad pública para regular administrativamente los requisitos y condiciones mínimas para ejercer una actividad, en este caso la tipificada como específicamente sanitaria (clásicamente entendida esta regulación como ordenación sanitaria), con determinadas garantías de seguridad y eficacia para los ciudadanos. En este procedimiento intervienen obviamente los funcionarios que observan y verifican in situ el cumplimiento real de estos requisitos. Esta actuación suele ser única y puntual durante el trámite de la autorización. La mayor parte de las veces con escaso seguimiento y control posterior de la actividad realmente practicada.
Cuestión distinta es la acreditación: en sentido estricto es un procedimiento de evaluación externa específicamente sanitario de un servicio o organización sanitaria, realizado por profesionales del sector, que sirve a los poderes públicos, a los gestores de la organización, a los ciudadanos en general y, sobre todo, a los propios profesionales en cuanto supone un sistema de mejora de la calidad asistencial.
En un sentido amplio, la Entidad Nacional Acreditación ENAC acredita entidades con competencia para certificar cumplimiento de normas ISO (International Organization for Standardization) en los procesos de producción de bienes y servicios de las organizaciones en general, y de los sistemas de gestión de la calidad de las empresas en particular. Cierto es, que últimamente se adaptan y extienden hacia el sector sanitario: mercado en expansión continua y con potenciales clientes de estas entidades.
De la carta de una lectora publicada en prensa el 24 de enero de 2.005. Este no es un hecho infrecuente y aislado. Estas clínicas privadas son un tipo de centros sanitarios, los Centros de Reconocimientos de Conductores. Todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios (clínicas, consultas, hospitales, etc...) están obligados a obtener la autorización administrativa para su apertura y funcionamiento, por normativa básica del Estado, cuya aplicación y desarrollo corresponde a las administraciones de las Comunidades Autónomas.
La autorización o licencia es una competencia tradicional de la autoridad pública para regular administrativamente los requisitos y condiciones mínimas para ejercer una actividad, en este caso la tipificada como específicamente sanitaria (clásicamente entendida esta regulación como ordenación sanitaria), con determinadas garantías de seguridad y eficacia para los ciudadanos. En este procedimiento intervienen obviamente los funcionarios que observan y verifican in situ el cumplimiento real de estos requisitos. Esta actuación suele ser única y puntual durante el trámite de la autorización. La mayor parte de las veces con escaso seguimiento y control posterior de la actividad realmente practicada.
Cuestión distinta es la acreditación: en sentido estricto es un procedimiento de evaluación externa específicamente sanitario de un servicio o organización sanitaria, realizado por profesionales del sector, que sirve a los poderes públicos, a los gestores de la organización, a los ciudadanos en general y, sobre todo, a los propios profesionales en cuanto supone un sistema de mejora de la calidad asistencial.
En un sentido amplio, la Entidad Nacional Acreditación ENAC acredita entidades con competencia para certificar cumplimiento de normas ISO (International Organization for Standardization) en los procesos de producción de bienes y servicios de las organizaciones en general, y de los sistemas de gestión de la calidad de las empresas en particular. Cierto es, que últimamente se adaptan y extienden hacia el sector sanitario: mercado en expansión continua y con potenciales clientes de estas entidades.
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