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insólitos problemas aduanales en C.R.
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Sindicación
 
Carta al señor Luis Alberto Gómez, Dir. Gen. de Aduanas
Luis Alberto Gómez.

San José la Montaña, (Heredia) miércoles 26 de enero del 2005

Señor Luis Alberto Gómez
Director General de Aduanas
San José de Costa Rica

Señor,
con referencia a mi carta dirigida a la anterior Directora General de Aduanas, señora Loretta Rodríguez Muñoz, en fecha 11 de octubre del 2004, informo que no he recibido respuesta todavía.

Siendo que el encargado del departamento de destrucción de la dependencia aduanal del Aeropuerto Juan Santamaría, Lic. Mauricio Morales, me informa que la Aduana no está obligada a informar al afectado de la próxima destrucción de sus bienes, quisiera se me explicara como interpretar al párrafo –d- del Art. 56. Abandono. De la Ley General de Aduanas, en el cual se establece que; “Cuando transcurran treinta días hábiles, contados a partir de la NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN, que constituye prenda aduanera sobre las mercancías”.

La presente solicitud se encuentra también en Internet, al BLOG,
http://blogs.ya.com/costaricaaduana


Agradeciendo por su atención, saluda atentamente,



Dr. Valerio Tonolli




e-mail tonollivalerio@hotmail.com


 
Carta a la Directora General de Aduanas.
ADUANAS...Carta a la Directora General de ...

Costa Rica, jueves 11 de octubre del 2004.

Señora Loretta Rodríguez Muñoz,
Directora General de Aduanas
San José de Costa Rica.

Señora,
por la documentación anexa puede usted constatar que han sido destruidos todos mis enseres personales juntados en unos cincuenta años de mis 66 de vida, más objetos heredados de mis antepasados.
Por tal razón que en este mismo sitio Web, www.caribetriste.100megas.com he denunciado a Costa Rica a la CIDH, es decir la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Tal destrucción ha sido posible por culpa.
A ) del señor Rafael Mora Chinchilla, gerente de ventas del almacén fiscal Almacenadora S.A., de Los Lagos de Heredia, Tel. 250-5050, e-mail, rmora@superior.co.cr y
B ) Por el Director de Aduanas del Aeropuerto Juan Santamaría, Lic. Rafael Bonilla.
Vale aclarar que don Rafael Mora C., ha procedido en completa mala fe, bien que sería más justo decir criminalmente.
El tenía una carta mía – Administrativo o Contencioso – entregada el 22/7/2003 por mí personalmente, en la cual están claramente indicados:
I – Mi número de teléfono.
II – Mi domicilio.
III- Mi e-mail. (Ver documentación adjunta)
¿Porqué no se me avisó que se iba a proceder a la destrucción de mis efectos domésticos y personales?
¿Qué las Leyes Aduanales así lo dictaminan amparando de esa manera tales fechorías?
Quiera Dios que así no sea porque entonces estaría demostrado que dichas Leyes animan a cualquier malintencionado a robarse o apropiarse indebidamente de lo ajeno.
Es evidente que la razón de la destrucción que se me dio en la Almacenadora S.A., que era que yo había abandonado mis pertenencias y que me había ido de Costa Rica, (por lo que se procedió según lo que dictaminan las Leyes y Reglamentos aduanales).......es totalmente falsa, como explicado en el párrafo precedente.
Y aquí interviene la responsabilidad del Lic. Rafael Bonilla, Director Aduanal en el Aeropuerto Juan Santamaría. Ese señor estaba bien al tanto de mi situación, como detalladamente y ampliamente explicada en mi carta a la Defensoría de los Habitantes. Ver documentación anexa que también se encuentra en el sitio Web, www.caribetriste.100megas.com
De hecho, a ese sujeto, había intervenido en mi favor su predecesora, es decir la anterior Directora General de Aduanas, doña Sylvia Calvo.

Ahora bien doña Loretta, aparte el hecho que no logro resignarme y aceptar de haberlo perdido todo así de fácil y de una manera tan torpe, lo que no me cuadra en absoluto es el iter o proceder burocrático seguido en todo eso.
Por la documentación adjunta usted puede ver que lo único que se me ha entregado es una hoja de papel en blanco, con indicado en su lado derecho, -Art. 192 del Reglamento y 56 de la Ley General de Aduanas.-
¿Y ese papel en blanco autorizaría la total destrucción de mis pertenencias, es decir de miles de objetos guardados en un container de 40 pies o 15 metros de largo y juntados durante toda una vida?
Suponiendo que el Lic. Bonilla con el señor Rafael Mora tengan razón, (amparados por dichas Leyes), ¿dónde está la prueba que mis cosas han sido destruidas? ¿Qué ustedes de la Aduana no están obligados en dar ninguna prueba?
A este propósito, en fecha primero de octubre del 2004, fui a la Aduana del Aeropuerto Juan Santamaría y hablé con el encargado de los Almacenes Aduanales y responsable también de las destrucciones, Lic. Mauricio Morales. Me dijo que buscaría en los archivos toda la documentación relativa y de apoyo a la destrucción y que me la enviaría por fax.
Siendo que no he recibido nada, he tratado, varias veces, de comunicarme con él por teléfono...pero cuando le gritan en la oficina, que don Valerio (yo mismo) quiere hablar con él....se cae la línea!
Entre otros, me dijo el señor Morales, que la Aduana no tiene ninguna obligación de avisar al afectado de la próxima destrucción.
Según el señor Morales, por ejemplo en este caso, el almacén fiscal Almacenadora S. A. o quien por él, todo simplemente informa a la Aduana de que hay un container que entorpece sus operaciones y que hay que destruirlo.....y sin avisar a nadie! ¿Así de sencillo?
Pero, aún fuera así, si no me prueban que las cosas han sido destruidas, siempre me quedará la duda de que alguien se haya apropiado de ellas indebidamente, o en lenguaje menos jurídico, que se las hayan robadas.

Por todo lo antedicho, señora Directora Rodríguez le pido que me autorice a ir al lugar en donde se destruyen las cosas para ver si todavía queda algo o si hay huellas y evidencias de la destrucción.
La verdad que estoy bastante curioso, y quiero averiguar personalmente, entre otros, como se procede a la destrucción de ciertos objetos, como por ejemplo los indicados a continuación.
I – Una mesa de madera antigua, de más de dos metros de largo y que pesa unos ciento cincuenta (150) kilos, ver foto anexa, pagada hacen veinte años, mil dólares US.
II – Un caracol o concha bivalva de “Tridacna gigans”, también de unos ciento cuarenta (140) kilos de peso, (por ser las más grandes de los mares), comprada personalmente en le ciudad de Cebú (Filipinas) en el 1989.
III – Mil libros (1.000) en varios idiomas, más cinco enciclopedias italianas de las grandes.
IV – Una librería de lujo, pagada hacen treinta años unos cuatro mil dólares US, con estantes y vitrina de cristal (parte de arriba) y gavetas, (abajo).
V – Un archivo metálico con toda mi documentación
VI – Una planta eléctrica marca Honda de 4,5 kilowats.
VII – Un taller completo para la fabricación de medallones de metal (fusiones) con, entre otros, dos centrífugas para fusión, una limpiadora de dos tambores, dos prensas para vulcanizar, cientos de moldes de hule especial para reproducir las piezas, una pulidora etc., etc.
VIII – Un kayak de fibra de vidrio.
IX – Una bicicleta de carrera hecha a mi medida y que las similares, aquí en Costa Rica se venden en unos nueve cientos mil colones (900.000).
X – Y para no hacer la lista demasiado larga, dos guitarras, 400 (cuatrocientos) discos long playing de varios continentes, equipos de música, etc., etc., etc.,........

De todo eso, lo que más me interesaría encontrar y recuperar es , el archivo con mi documentación, los libros y el taller de artesanía que me permite ganarme el sustento, para mí y mi familia.

Por lo que pueda valer mi opinión, pienso que habría que quitar la licencia de Auxiliar a la Aduana, al almacén fiscal Almacenadora S. A., y asignar a otras funciones al Lic. Rafael Bonilla.


Agradeciendo por su atención, saluda atentamente,


Dr. Valerio Tonolli


Esta carta ya está en el sitio Web, www.caribetriste.100megas.com