Al Jefe Asesoría Legal
Asesoría Legal....
Miércoles, 25 de mayo de 2005.
Lic. José Ramón Arce Bustos
Jefe Asesoría Legal
Dirección General de Aduanas
San José de Costa Rica
Estimado señor:
He recibido su carta del 29 de abril de 2005 pero, nuevamente, no está la respuesta a la pregunta que mayormente me interesa.
Al número 16 de mi denuncia a la Inspección Judicial del 23 de mayo de 2005, (ver documentación adjunta) pido (nuevamente) que se me aclare si se me debía informar o no que se iba a proceder a la destrucción total de mis pertenencias personales .
Me parece que este detalle es de la máxima importancia para determinar responsabilidades al respecto, o, en el caso de Aduanas, como usted concluye en su carta , “para determinar responsabilidades disciplinarias en que pudiera haber incurrido algún funcionario de la Aduana”.
Sería bueno definir este asunto, siendo que el responsable del Almacén Fiscal Almacenadora S.A., de Los Lagos de Heredia, señor Rafael Mora Chinchilla, declara en su Declaración del Imputado (ver documentación adjunta), que cualquiera responsabilidad en cuanto al procedimiento de destrucción recae en Aduanas.
Atentamente,
Dr. Valerio Tonolli
Esta carta está en Internet al Blog;
http://blogs.ya.com/costaricaaduana/
Miércoles, 25 de mayo de 2005.
Lic. José Ramón Arce Bustos
Jefe Asesoría Legal
Dirección General de Aduanas
San José de Costa Rica
Estimado señor:
He recibido su carta del 29 de abril de 2005 pero, nuevamente, no está la respuesta a la pregunta que mayormente me interesa.
Al número 16 de mi denuncia a la Inspección Judicial del 23 de mayo de 2005, (ver documentación adjunta) pido (nuevamente) que se me aclare si se me debía informar o no que se iba a proceder a la destrucción total de mis pertenencias personales .
Me parece que este detalle es de la máxima importancia para determinar responsabilidades al respecto, o, en el caso de Aduanas, como usted concluye en su carta , “para determinar responsabilidades disciplinarias en que pudiera haber incurrido algún funcionario de la Aduana”.
Sería bueno definir este asunto, siendo que el responsable del Almacén Fiscal Almacenadora S.A., de Los Lagos de Heredia, señor Rafael Mora Chinchilla, declara en su Declaración del Imputado (ver documentación adjunta), que cualquiera responsabilidad en cuanto al procedimiento de destrucción recae en Aduanas.
Atentamente,
Dr. Valerio Tonolli
Esta carta está en Internet al Blog;
http://blogs.ya.com/costaricaaduana/
Inspección Judicial.
INPECCION JUDICIAL....
Lunes, 23 de Mayo de 2005-
A la Inspección Judicial de San José de Costa Rica.
1) Con la presente, el que suscribe, quiere protestar por la manera como se ha manejado el asunto descrito a continuación.
2) Razones de mi desacuerdo.
3) Como se puede leer en la documentación adjunta y precisamente como descrito a los números 5-6-7-8-9-10-11-12 y 13 de mi carta o informe del lunes 30 de Agosto de 2004, dirigida a la Defensoría de los Habitantes y de la cual entregué una copia a la Fiscalía Adjunta de Heredia en esa misma fecha, (ver documentación adjunta con el número 1-D) en casi un año ( y a mi gran perplejidad) no había podido lograr que un abogado (solo autorizado para hacerlo, se me había informado), me presentara una denuncia civil en contra del almacén fiscal Almacenadora S.A. de Los Lagos de Heredia, relativa a diez mil dólares US por daños causados a mis bienes personales, como se puede leer en mi carta “Administrativo o Contencioso” con fecha martes 22 de Julio de 2003 y a la cual nunca tuve respuesta. Ver documentación adjunta con el número 2-D.
4) Quiero insistir y reiterar una vez más, que al enterarme en fecha 25 de Agosto de 2004 de la total destrucción de mis bienes, yo acudí a la Fiscalía de Heredia a denunciar la destrucción total de mis pertenencias personales y no a reclamar o denunciar por daños, cosa que ya había hecho en fecha 22 de Julio de 2003 en mi carta “Administrativo-Contencioso”, como descrito al número 3.
5) Siendo que para mi no había la menor duda que semejante atropello entraba en el ámbito del derecho penal, hice en toda buena fe una denuncia penal yo mismo (cosa admitida por la Ley al contrario de la denuncia civil que la debe presentar un abogado, como se me había informado). También no está de más subrayar que yo ya no pedía diez mil dólares US por daños, sino un millón de dólares US por la total destrucción de mis pertenencias y los consecuentes daños.
6) A este punto hay un detalle curioso que es el comienzo de todas mis dudas y desacuerdo en el manejo de este caso. ¿Porqué se me aceptó, sin la menor objeción, que yo hiciera una denuncia penal? Eso yo no lo puedo saber, pero me imagino que cuando yo expliqué mi caso al abogado de turno en la recepción de la Fiscalía y que decide cual camino seguir, si civil o penal, seguramente a él también le pareció materia o asunto penal. Entonces dispuso que se me tomara la respectiva declaración o denuncia y que se me asignara un (a) Fiscal.
7) Y es aquí en donde entra en escena la Fiscal Lic. Rose Mary Solís Carmona, con la cual estoy en completo desacuerdo de cómo ha manejado mi caso.
8) ¿Porqué? Porque su tesis se basa y desarrolla totalmente en suposiciones fruto de su imaginación o fantasía y no en los hechos, es decir la total destrucción de mis bienes, que es lo que yo fui a denunciar.
9) Va de si, que con esas premisas la Fiscal Lic. Rose Mary Solís Carmona no podía llegar que a una conclusión. ¡Desestimación!
10) ¿Porqué? Porque ella casi seguramente no leyó mi carta de 15 páginas dirigida a la Defensoría de los Habitantes ya mencionada más arriba. Ella probablemente se atuvo solamente a la declaración que me tomó su asistente y que en verdad estaba muy mal hecha. Es más, cuando yo la leí, le dije a ese señor que lo que el acababa de escribir estaba más bien en mi contra y que me causaba daño, pero que, a pesar de eso yo firmaba porque estaba cansado por el hecho de no haber podido, en casi un año, encontrar a un abogado che me presentara una denuncia civil, como explicado más arriba. Entonces, ahora que se me presentaba la oportunidad de hacer una denuncia penal, yo lo hacía, bien que lo escrito por él era totalmente inventado y yo jamás dije eso. Eso si, que yo le dije; “vea, ahora voy a mi casa a escribir mi versión de los hechos”. Días más tarde se la llevé y él que casi no la quería recibir ....que eso estaba bien así....y yo en insistir que lo que había escrito e inventado él en la declaración no se correspondía ni al 1% del asunto, mientras que el suplemento de información que le entregaba yo, (la carta de 15 páginas dirigida a la Defensoría de los Habitantes), se correspondía al 99% de los hechos. De allí que la Fiscal Lic. Rose Mary Solís Carmona concluye su solicitud de desestimación con, entre otros, que; “Cuando los bienes llegaron a Limón, el denunciante no los vio por cuanto no estaba en el país de manera que no sabe el estado en que llegaron a Costa Rica....etc.,etc. Ver la documentación adjunta relativa a la denuncia desestimación etc., a la marcada con el número 3-D.
11) Ahora bien, aparte el hecho que hay un documento (ver documentación adjunta marcada con el número 4-D) en el cual se lee claramente que mis bienes llegaron en buen estado al almacén fiscal Almacenadora S.A., no se entiende porque la Fiscal Rose Mary Salís Carmona insiste tanto en su tesis, siendo que de haber leído mi carta o informe a la Defensoría de los Habitantes ya mencionada, se habría dado cuenta de que; “mucha agua había pasado bajo los puentes....” es decir, que ya existía un largo y detallado historial del caso y en el cual ya no “encajaba” el cuento de los eventuales daños ocasionados a mis pertenencias durante la travesía marítima y que de ellos nadie habla, ni el almacén fiscal, Almacenadora S.A., ni yo mismo. Pero no, la señora Fiscal sabe y adjunta más detalles de los conocidos o mencionados por las partes, es decir la Almacenadora S.A. y yo mismo. Pero, se reitera esas son suposiciones puramente suyas y que no se corresponden a los hechos, como ya indicado.
12) Y aquí llegamos a otro detalle importante. Siendo que yo siempre insistía que mi denuncia penal era por la total destrucción de mis pertenencias y no por los daños causados a ellas por su mal manejo de parte del personal de la Almacenadora S. A., siempre se me respondía que era la misma cosa!
13) No podía ser la misma cosa por el simple hecho que en pedir yo diez mil dólares US por daños en un primer tiempo, me refería especialmente a unas cinco enciclopedias de las grandes a las cuales se había dejado que les lloviera encima y su papel satinado se había pegado rindiéndolas inutilizables. Al contrario, por la destrucción de mis bienes yo pido un millón (1,000,000) de dólares US. La resolución con relación al recurso de mi apelación fue confirmada; “por estar conforme a derecho”. Véase documentación adjunta reunida bajo el número 4-D. Aquí también hay que hacer resaltar que muy probablemente el Juez responsable de eso, Lic. Oscar Mario Vargas Quesada no leyó mi carta de 15 páginas a la Defensoría de los Habitantes ya mencionada y que yo había entregado a sus asistentes también, como documentación adjunta,
y de la cual hay constancia de recibo. De esta resolución otro detalle me llama la atención y precisamente donde se lee; “....responsabilizando por ello a Rafael Mora Chinchilla como representante de la Almacenadora S.A., sin señalarlo como la persona que hubiera realizado dicho daño, lo cual es un aspecto fundamental dentro de la teoría del delito....”. Si esa es la teoría del delito, habrá que cambiarla o por lo menos actualizarla porque, señor Juez, en la Almacenadora S.A., pasan algunos trailers o furgones cada día, y que para su carga y descarga hay unos cuantos muchachones auxiliados por varios montacargas motorizados. Entonces, estando las cosas así, si ni el mítico Hércules de la Antigua u homérica Grecia podría de ninguna manera hacer frente a una tal fatiga o trabajo....imaginémonos como se le pueda pedir a don Rafael Mora Chinchilla de ir cargando y descargando solito a todos esos furgones para que (eventualmente) se pueda cumplir....la teoría del delito.
14 ) Lo que también me pareció escandaloso en todo este caso, es que después de dictar la desestimación se archivó el expediente como si nada y bien que adjunta a la denuncia estuviera una Querella Por Delito de Acción Pública con fecha 29 de Septiembre de 2004. Ver documentación al número 4-D.
Entiendo que no soy un profesional del Derecho pero me parece entender que con esas premisas, el hecho de ser sorprendido en robarse un par de tennis en una tienda puede resultar mayormente perseguible por la Ley que destruirle a uno lo que juntó en toda una vida....
15) Otro hecho que me deja bien perplejo es la declaración del imputado Rafael Mora Chinchilla. (Ver documentación con el número 5-D). Nótese que han tenido que pasar ocho meses desde la fecha de mi denuncia, con todos los relativos gastos judiciales de mi parte, para que, ¡por fin!, se haga venir al señor Rafael Mora Chinchilla que, lo más tranquilo del mundo, declara que eventualmente, cualquiera responsabilidad recae en la Aduana etc., etc. También aquí (reitero) no pretendo ser un profesional aduanal, pero sin embargo, me parece bien simple la manera de don Rafael Mora Chinchilla de “lavarse las manos”. ¿Porqué? Porque, por lo poco que uno pueda saber, piensa o se imagina, que un Almacén Fiscal es un auxiliar de la Aduana y que además de tener beneficios (cobrar por sus servicios) tiene por fuerza de cosas, también obligaciones, ¿o no? Ergo, si hay también obligaciones, ¿porqué don Rafael Mora Chinchilla nunca respondió a mi carta “Administrativo o Contencioso”. En ella están indicados mi domicilio, teléfono y correo electrónico. (Ver documentación adjunta con el número 2-D). Y a propósito de esta carta, ¿ porqué nunca nadie, ni la señora Fiscal ni el señor Juez han hecho referencia a ella? ¿Qué no es pertinente ni relevante? Si así fuera, mi perplejidad no haría que aumentar. Porque, vean ustedes, según la secretaria del señor Mora Chinchilla, ellos destruyeron todo lo mío porque yo había desaparecido, es decir abandonado el país, como se puede leer al punto 13 de mi carta dirigida a la Defensoría de los Habitantes. ¡Falso!
16) A este punto ya sería tiempo de establecer responsabilidades en cuanto a lo siguiente. A) ¿Sabía o no sabía el Director aduanal del Aeropuerto Juan Santamaría, Lic. Rafael Bonilla Vindas que yo estaba en el país? B) Si lo sabía, ¿porqué no se me avisó que se iba a proceder a la total destrucción de mis bienes, como lo dictan las leyes y reglamentos aduanales? C) Si no lo sabía es porque así se lo habría confirmado don Rafael Mora Chinchilla por ser el responsable de mis pertenencias almacenadas en el Almacén Fiscal Almacenadora S.A. que dirige. ¿Porqué no habla claro a este propósito el Lic. Rafael Bonilla Vindas? D) Bastante curioso es también el hecho que, sea la secretaria del señor Rafael Mora Chinchilla que el encargado del departamento de destrucción del Aeropuerto Juan Santamaría, Lic. Mauricio Morales me dicen que ellos no están obligados a avisar a nadie de la próxima destrucción...!?!? E) Todas estas aclaraciones las he pedido en tres cartas dirigidas a la Dirección General de Aduanas en San José, (ver documentación adjunta con el número 6-D) y precisamente en fecha 11 de Octubre de 2004 en carta dirigida a la señora Loretta Rodríguez Muñoz, Directora General de Aduanas; en fecha 26 de Enero de 2005 en carta dirigida al señor Luis Alberto Gómez, nuevo Director General de Aduanas y en fecha 04 de Febrero de 2005 en carta dirigida al mismo. Nadie me ha dado respuesta a lo que yo pregunto. Al decir verdad, con fecha 29 de Abril de 2005, he recibido una respuesta (ver documentación con número 6-D) a mi carta del 26 de Enero de 2005 (ver doc.6-D) en la cual, NUEVAMENTE, se evita responder a los puntos A-B-C-D-E aquí arriba indicados, limitándose a elencar toda una serie e artículos de Ley, reglamentos, etc. Pero, gran novedad, por lo menos al final de esta carta se dice que; “Adicionalmente me permito indicarle que esta Dirección General ha tramitado su queja y ha solicitado una investigación para determinar responsabilidades disciplinarias en que pudiera haber incurrido algún funcionario de la Aduana”. Para que perder tanto tiempo, Lic. José Ramón Arce Bustos, Jefe Asesoría Legal, Dirección General de Aduanas, si nada más necesita preguntarle a los señores Rafael Mora Chinchilla y Lic. Rafael Bonilla Vindas a propósito del contenido de los puntos A-B-C-D-E de este mismo párrafo número 16.
17) Sería de gran ayuda si la Inspección Judicial pudiera por fin conseguir una respuesta clara a este sujeto.
18) A continuación quiero demostrar hasta donde llega el atrevimiento del señor Rafael Mora Chinchilla con sus declaraciones que, en absoluto, se corresponden a la verdad. Es así, que abajo en la página 4 de su declaración (ver doc. 5-D) leemos que; “en vista que al proceder la Aduana a destruir las mercancías no recibimos durante todo el tiempo en que estuvo depositada la mercancía ningún tipo de pago por nuestros SERVICIOS....!!
19) ¿Servicios? ¿Cuáles servicios? Para que no haya la menor duda de cuales son los tipos de servicios que me ha brindado la Almacenadora S.A., voy a ilustrarlo con el auxilio de algunas fotos. En la hoja I al número 1 se puede apreciar como mis pertenencias han sido acomodadas en Rep. Dominicana en dos grandes estantes que ocupaban las dos paredes en todo lo largo del container. Por algo pagué más de dos mil dólares US por el container usado, más 4,200 (cuatro mil dos cientos) dólares US por el transporte a Limón. Almacenar debidamente todos mis bienes en ese container me tomó un mes de tiempo. Como consecuencia de los “servicios” de la Almacenadora S.A., cuando me abrieron las puertas del contenedor quedé espantado. Eso aparecía como un verdadero botadero o basural. Los estantes habían sido destruidos como se puede ver a la foto no. 3, las tablas de parte de ellos. Todo tirado en gran desorden y con un evidente desprecio. Eso parecía obra de vándalos o una verdadera devastación, obra o consecuencia de inundaciones o eventos similares. En la hoja II se nota que por haberse reintroducido todo a granel y en gran desorden, las cosas están enredadas una con la otra y que para avanzar en la reorganización es menester abrirse una especie de tunel en medio del caos y desorden. (Ver foto no. 6) En la hoja número III se nota como, después de varios días de trabajo, he comenzado a reordenar las cosas empezando por el fondo del container, (foto no.9) En la hoja número IV se ven más objetos dañados. En la hoja número V se nota que he casi terminado de reorganizarlo todo.
20) Como punto conclusivo quiero hacer también hacer notar una especie de sinergia en las declaraciones del señor Rafael Mora Chinchilla , gerente del Almacén Fiscal Almacenadora S.A., y del Lic. Rafael Bonilla Vindas, Director aduanal del Aeropuerto Juan Santamaría. Los dos alegan que se destruyeron mis pertenencias por su mal estado, polilla, etc., etc. ¡De ninguna manera eso se corresponde a la verdad! Siempre por las fotos adjuntas se puede constatar que hay muchísimo equipo del taller de artesanías en perfectas condiciones y que de ninguna manera había que destruir. Ver también lista parcial de objetos en mi carta al Director General de Aduanas, Lic. Luis Alberto Gómez Sánchez , con fecha 04 de Febrero de 2005. Es prácticamente indestructible la prensa hidráulica de acero de la hoja número VII, foto no. 20, que pesa unos tres cientos cincuenta kilos y tampoco está sujeta a polilla la concha o caracol de ciento cuarenta kilos de peso de la foto no. 21. La madera de la mesa antigua, que pesa unos ciento cincuenta kilos, está tratada y tampoco sujeta al daño de la polilla. Ver hoja número III, foto no. 8. Y así hay muchos otros objetos que no han sido fotografiados. Quiero precisar que antes de irme de Italia con destino a Rep. Dominicana, ya van más de 14 años, aparté todo el equipo más pesado de mi taller regalándoselo a los Salesianos que lo enviaron a Guatemala donde funciona y produce. Y bien que llegaran a demostrarme que, como sea, la Aduana tiene la razón e hizo bien en destruir mis cosas, aun así estaba completamente equivocada en cuanto yo soy de aquellos que prefieren que se regalen las cosas en vez de destruirlas neciamente. Lo que pasa es que en Costa Rica hay una categoría de gente que saben pensar nada más que a si mismos y fruto de esa idiosincrasia leemos en los periódicos, entre otros, que nada más en los almacenes y bodegas de la CCSS (Caja Costarricense de Seguro Social) se encuentran cuatro mil toneladas de equipos inutilizados y abandonados. De allí, que claro, con esos ejemplo de las mayores instituciones del país, ¿qué representan los “chunches” de don Valerio Tonolli? ¡Basura!
21) Cada uno de nosotros trata de superar golpes y dificultades inventándose posibles salidas, con el auxilio de la imaginación. Por considerarme una persona humilde y por ende acomunado con los problemas de la gran mayoría de los ticos con los cuales me siento solidario, a mi manera he querido aportar mi granito de arena . Es así que he propuesto un esbozo de un nuevo partido político dirigido especialmente a los desencantados que no piensan votar en las próximas elecciones de 2006. Quien tenga curiosidad de saber de que se trata lo pueden ver en Internet al Blog, http://blogs.ya.com/arregladasdecarga
22)
También esta denuncia a la Inspección Judicial se encuentra en Internet, y precisamente en los Blogs,
http://blogs.ya.com/costarica-justicia/
http://blogs.ya.com/costaricaaduana/
Agradeciendo por la atención dada a la presente, saluda atentamente,
Dr. Valerio Tonolli
Lunes, 23 de Mayo de 2005-
A la Inspección Judicial de San José de Costa Rica.
1) Con la presente, el que suscribe, quiere protestar por la manera como se ha manejado el asunto descrito a continuación.
2) Razones de mi desacuerdo.
3) Como se puede leer en la documentación adjunta y precisamente como descrito a los números 5-6-7-8-9-10-11-12 y 13 de mi carta o informe del lunes 30 de Agosto de 2004, dirigida a la Defensoría de los Habitantes y de la cual entregué una copia a la Fiscalía Adjunta de Heredia en esa misma fecha, (ver documentación adjunta con el número 1-D) en casi un año ( y a mi gran perplejidad) no había podido lograr que un abogado (solo autorizado para hacerlo, se me había informado), me presentara una denuncia civil en contra del almacén fiscal Almacenadora S.A. de Los Lagos de Heredia, relativa a diez mil dólares US por daños causados a mis bienes personales, como se puede leer en mi carta “Administrativo o Contencioso” con fecha martes 22 de Julio de 2003 y a la cual nunca tuve respuesta. Ver documentación adjunta con el número 2-D.
4) Quiero insistir y reiterar una vez más, que al enterarme en fecha 25 de Agosto de 2004 de la total destrucción de mis bienes, yo acudí a la Fiscalía de Heredia a denunciar la destrucción total de mis pertenencias personales y no a reclamar o denunciar por daños, cosa que ya había hecho en fecha 22 de Julio de 2003 en mi carta “Administrativo-Contencioso”, como descrito al número 3.
5) Siendo que para mi no había la menor duda que semejante atropello entraba en el ámbito del derecho penal, hice en toda buena fe una denuncia penal yo mismo (cosa admitida por la Ley al contrario de la denuncia civil que la debe presentar un abogado, como se me había informado). También no está de más subrayar que yo ya no pedía diez mil dólares US por daños, sino un millón de dólares US por la total destrucción de mis pertenencias y los consecuentes daños.
6) A este punto hay un detalle curioso que es el comienzo de todas mis dudas y desacuerdo en el manejo de este caso. ¿Porqué se me aceptó, sin la menor objeción, que yo hiciera una denuncia penal? Eso yo no lo puedo saber, pero me imagino que cuando yo expliqué mi caso al abogado de turno en la recepción de la Fiscalía y que decide cual camino seguir, si civil o penal, seguramente a él también le pareció materia o asunto penal. Entonces dispuso que se me tomara la respectiva declaración o denuncia y que se me asignara un (a) Fiscal.
7) Y es aquí en donde entra en escena la Fiscal Lic. Rose Mary Solís Carmona, con la cual estoy en completo desacuerdo de cómo ha manejado mi caso.
8) ¿Porqué? Porque su tesis se basa y desarrolla totalmente en suposiciones fruto de su imaginación o fantasía y no en los hechos, es decir la total destrucción de mis bienes, que es lo que yo fui a denunciar.
9) Va de si, que con esas premisas la Fiscal Lic. Rose Mary Solís Carmona no podía llegar que a una conclusión. ¡Desestimación!
10) ¿Porqué? Porque ella casi seguramente no leyó mi carta de 15 páginas dirigida a la Defensoría de los Habitantes ya mencionada más arriba. Ella probablemente se atuvo solamente a la declaración que me tomó su asistente y que en verdad estaba muy mal hecha. Es más, cuando yo la leí, le dije a ese señor que lo que el acababa de escribir estaba más bien en mi contra y que me causaba daño, pero que, a pesar de eso yo firmaba porque estaba cansado por el hecho de no haber podido, en casi un año, encontrar a un abogado che me presentara una denuncia civil, como explicado más arriba. Entonces, ahora que se me presentaba la oportunidad de hacer una denuncia penal, yo lo hacía, bien que lo escrito por él era totalmente inventado y yo jamás dije eso. Eso si, que yo le dije; “vea, ahora voy a mi casa a escribir mi versión de los hechos”. Días más tarde se la llevé y él que casi no la quería recibir ....que eso estaba bien así....y yo en insistir que lo que había escrito e inventado él en la declaración no se correspondía ni al 1% del asunto, mientras que el suplemento de información que le entregaba yo, (la carta de 15 páginas dirigida a la Defensoría de los Habitantes), se correspondía al 99% de los hechos. De allí que la Fiscal Lic. Rose Mary Solís Carmona concluye su solicitud de desestimación con, entre otros, que; “Cuando los bienes llegaron a Limón, el denunciante no los vio por cuanto no estaba en el país de manera que no sabe el estado en que llegaron a Costa Rica....etc.,etc. Ver la documentación adjunta relativa a la denuncia desestimación etc., a la marcada con el número 3-D.
11) Ahora bien, aparte el hecho que hay un documento (ver documentación adjunta marcada con el número 4-D) en el cual se lee claramente que mis bienes llegaron en buen estado al almacén fiscal Almacenadora S.A., no se entiende porque la Fiscal Rose Mary Salís Carmona insiste tanto en su tesis, siendo que de haber leído mi carta o informe a la Defensoría de los Habitantes ya mencionada, se habría dado cuenta de que; “mucha agua había pasado bajo los puentes....” es decir, que ya existía un largo y detallado historial del caso y en el cual ya no “encajaba” el cuento de los eventuales daños ocasionados a mis pertenencias durante la travesía marítima y que de ellos nadie habla, ni el almacén fiscal, Almacenadora S.A., ni yo mismo. Pero no, la señora Fiscal sabe y adjunta más detalles de los conocidos o mencionados por las partes, es decir la Almacenadora S.A. y yo mismo. Pero, se reitera esas son suposiciones puramente suyas y que no se corresponden a los hechos, como ya indicado.
12) Y aquí llegamos a otro detalle importante. Siendo que yo siempre insistía que mi denuncia penal era por la total destrucción de mis pertenencias y no por los daños causados a ellas por su mal manejo de parte del personal de la Almacenadora S. A., siempre se me respondía que era la misma cosa!
13) No podía ser la misma cosa por el simple hecho que en pedir yo diez mil dólares US por daños en un primer tiempo, me refería especialmente a unas cinco enciclopedias de las grandes a las cuales se había dejado que les lloviera encima y su papel satinado se había pegado rindiéndolas inutilizables. Al contrario, por la destrucción de mis bienes yo pido un millón (1,000,000) de dólares US. La resolución con relación al recurso de mi apelación fue confirmada; “por estar conforme a derecho”. Véase documentación adjunta reunida bajo el número 4-D. Aquí también hay que hacer resaltar que muy probablemente el Juez responsable de eso, Lic. Oscar Mario Vargas Quesada no leyó mi carta de 15 páginas a la Defensoría de los Habitantes ya mencionada y que yo había entregado a sus asistentes también, como documentación adjunta,
y de la cual hay constancia de recibo. De esta resolución otro detalle me llama la atención y precisamente donde se lee; “....responsabilizando por ello a Rafael Mora Chinchilla como representante de la Almacenadora S.A., sin señalarlo como la persona que hubiera realizado dicho daño, lo cual es un aspecto fundamental dentro de la teoría del delito....”. Si esa es la teoría del delito, habrá que cambiarla o por lo menos actualizarla porque, señor Juez, en la Almacenadora S.A., pasan algunos trailers o furgones cada día, y que para su carga y descarga hay unos cuantos muchachones auxiliados por varios montacargas motorizados. Entonces, estando las cosas así, si ni el mítico Hércules de la Antigua u homérica Grecia podría de ninguna manera hacer frente a una tal fatiga o trabajo....imaginémonos como se le pueda pedir a don Rafael Mora Chinchilla de ir cargando y descargando solito a todos esos furgones para que (eventualmente) se pueda cumplir....la teoría del delito.
14 ) Lo que también me pareció escandaloso en todo este caso, es que después de dictar la desestimación se archivó el expediente como si nada y bien que adjunta a la denuncia estuviera una Querella Por Delito de Acción Pública con fecha 29 de Septiembre de 2004. Ver documentación al número 4-D.
Entiendo que no soy un profesional del Derecho pero me parece entender que con esas premisas, el hecho de ser sorprendido en robarse un par de tennis en una tienda puede resultar mayormente perseguible por la Ley que destruirle a uno lo que juntó en toda una vida....
15) Otro hecho que me deja bien perplejo es la declaración del imputado Rafael Mora Chinchilla. (Ver documentación con el número 5-D). Nótese que han tenido que pasar ocho meses desde la fecha de mi denuncia, con todos los relativos gastos judiciales de mi parte, para que, ¡por fin!, se haga venir al señor Rafael Mora Chinchilla que, lo más tranquilo del mundo, declara que eventualmente, cualquiera responsabilidad recae en la Aduana etc., etc. También aquí (reitero) no pretendo ser un profesional aduanal, pero sin embargo, me parece bien simple la manera de don Rafael Mora Chinchilla de “lavarse las manos”. ¿Porqué? Porque, por lo poco que uno pueda saber, piensa o se imagina, que un Almacén Fiscal es un auxiliar de la Aduana y que además de tener beneficios (cobrar por sus servicios) tiene por fuerza de cosas, también obligaciones, ¿o no? Ergo, si hay también obligaciones, ¿porqué don Rafael Mora Chinchilla nunca respondió a mi carta “Administrativo o Contencioso”. En ella están indicados mi domicilio, teléfono y correo electrónico. (Ver documentación adjunta con el número 2-D). Y a propósito de esta carta, ¿ porqué nunca nadie, ni la señora Fiscal ni el señor Juez han hecho referencia a ella? ¿Qué no es pertinente ni relevante? Si así fuera, mi perplejidad no haría que aumentar. Porque, vean ustedes, según la secretaria del señor Mora Chinchilla, ellos destruyeron todo lo mío porque yo había desaparecido, es decir abandonado el país, como se puede leer al punto 13 de mi carta dirigida a la Defensoría de los Habitantes. ¡Falso!
16) A este punto ya sería tiempo de establecer responsabilidades en cuanto a lo siguiente. A) ¿Sabía o no sabía el Director aduanal del Aeropuerto Juan Santamaría, Lic. Rafael Bonilla Vindas que yo estaba en el país? B) Si lo sabía, ¿porqué no se me avisó que se iba a proceder a la total destrucción de mis bienes, como lo dictan las leyes y reglamentos aduanales? C) Si no lo sabía es porque así se lo habría confirmado don Rafael Mora Chinchilla por ser el responsable de mis pertenencias almacenadas en el Almacén Fiscal Almacenadora S.A. que dirige. ¿Porqué no habla claro a este propósito el Lic. Rafael Bonilla Vindas? D) Bastante curioso es también el hecho que, sea la secretaria del señor Rafael Mora Chinchilla que el encargado del departamento de destrucción del Aeropuerto Juan Santamaría, Lic. Mauricio Morales me dicen que ellos no están obligados a avisar a nadie de la próxima destrucción...!?!? E) Todas estas aclaraciones las he pedido en tres cartas dirigidas a la Dirección General de Aduanas en San José, (ver documentación adjunta con el número 6-D) y precisamente en fecha 11 de Octubre de 2004 en carta dirigida a la señora Loretta Rodríguez Muñoz, Directora General de Aduanas; en fecha 26 de Enero de 2005 en carta dirigida al señor Luis Alberto Gómez, nuevo Director General de Aduanas y en fecha 04 de Febrero de 2005 en carta dirigida al mismo. Nadie me ha dado respuesta a lo que yo pregunto. Al decir verdad, con fecha 29 de Abril de 2005, he recibido una respuesta (ver documentación con número 6-D) a mi carta del 26 de Enero de 2005 (ver doc.6-D) en la cual, NUEVAMENTE, se evita responder a los puntos A-B-C-D-E aquí arriba indicados, limitándose a elencar toda una serie e artículos de Ley, reglamentos, etc. Pero, gran novedad, por lo menos al final de esta carta se dice que; “Adicionalmente me permito indicarle que esta Dirección General ha tramitado su queja y ha solicitado una investigación para determinar responsabilidades disciplinarias en que pudiera haber incurrido algún funcionario de la Aduana”. Para que perder tanto tiempo, Lic. José Ramón Arce Bustos, Jefe Asesoría Legal, Dirección General de Aduanas, si nada más necesita preguntarle a los señores Rafael Mora Chinchilla y Lic. Rafael Bonilla Vindas a propósito del contenido de los puntos A-B-C-D-E de este mismo párrafo número 16.
17) Sería de gran ayuda si la Inspección Judicial pudiera por fin conseguir una respuesta clara a este sujeto.
18) A continuación quiero demostrar hasta donde llega el atrevimiento del señor Rafael Mora Chinchilla con sus declaraciones que, en absoluto, se corresponden a la verdad. Es así, que abajo en la página 4 de su declaración (ver doc. 5-D) leemos que; “en vista que al proceder la Aduana a destruir las mercancías no recibimos durante todo el tiempo en que estuvo depositada la mercancía ningún tipo de pago por nuestros SERVICIOS....!!
19) ¿Servicios? ¿Cuáles servicios? Para que no haya la menor duda de cuales son los tipos de servicios que me ha brindado la Almacenadora S.A., voy a ilustrarlo con el auxilio de algunas fotos. En la hoja I al número 1 se puede apreciar como mis pertenencias han sido acomodadas en Rep. Dominicana en dos grandes estantes que ocupaban las dos paredes en todo lo largo del container. Por algo pagué más de dos mil dólares US por el container usado, más 4,200 (cuatro mil dos cientos) dólares US por el transporte a Limón. Almacenar debidamente todos mis bienes en ese container me tomó un mes de tiempo. Como consecuencia de los “servicios” de la Almacenadora S.A., cuando me abrieron las puertas del contenedor quedé espantado. Eso aparecía como un verdadero botadero o basural. Los estantes habían sido destruidos como se puede ver a la foto no. 3, las tablas de parte de ellos. Todo tirado en gran desorden y con un evidente desprecio. Eso parecía obra de vándalos o una verdadera devastación, obra o consecuencia de inundaciones o eventos similares. En la hoja II se nota que por haberse reintroducido todo a granel y en gran desorden, las cosas están enredadas una con la otra y que para avanzar en la reorganización es menester abrirse una especie de tunel en medio del caos y desorden. (Ver foto no. 6) En la hoja número III se nota como, después de varios días de trabajo, he comenzado a reordenar las cosas empezando por el fondo del container, (foto no.9) En la hoja número IV se ven más objetos dañados. En la hoja número V se nota que he casi terminado de reorganizarlo todo.
20) Como punto conclusivo quiero hacer también hacer notar una especie de sinergia en las declaraciones del señor Rafael Mora Chinchilla , gerente del Almacén Fiscal Almacenadora S.A., y del Lic. Rafael Bonilla Vindas, Director aduanal del Aeropuerto Juan Santamaría. Los dos alegan que se destruyeron mis pertenencias por su mal estado, polilla, etc., etc. ¡De ninguna manera eso se corresponde a la verdad! Siempre por las fotos adjuntas se puede constatar que hay muchísimo equipo del taller de artesanías en perfectas condiciones y que de ninguna manera había que destruir. Ver también lista parcial de objetos en mi carta al Director General de Aduanas, Lic. Luis Alberto Gómez Sánchez , con fecha 04 de Febrero de 2005. Es prácticamente indestructible la prensa hidráulica de acero de la hoja número VII, foto no. 20, que pesa unos tres cientos cincuenta kilos y tampoco está sujeta a polilla la concha o caracol de ciento cuarenta kilos de peso de la foto no. 21. La madera de la mesa antigua, que pesa unos ciento cincuenta kilos, está tratada y tampoco sujeta al daño de la polilla. Ver hoja número III, foto no. 8. Y así hay muchos otros objetos que no han sido fotografiados. Quiero precisar que antes de irme de Italia con destino a Rep. Dominicana, ya van más de 14 años, aparté todo el equipo más pesado de mi taller regalándoselo a los Salesianos que lo enviaron a Guatemala donde funciona y produce. Y bien que llegaran a demostrarme que, como sea, la Aduana tiene la razón e hizo bien en destruir mis cosas, aun así estaba completamente equivocada en cuanto yo soy de aquellos que prefieren que se regalen las cosas en vez de destruirlas neciamente. Lo que pasa es que en Costa Rica hay una categoría de gente que saben pensar nada más que a si mismos y fruto de esa idiosincrasia leemos en los periódicos, entre otros, que nada más en los almacenes y bodegas de la CCSS (Caja Costarricense de Seguro Social) se encuentran cuatro mil toneladas de equipos inutilizados y abandonados. De allí, que claro, con esos ejemplo de las mayores instituciones del país, ¿qué representan los “chunches” de don Valerio Tonolli? ¡Basura!
21) Cada uno de nosotros trata de superar golpes y dificultades inventándose posibles salidas, con el auxilio de la imaginación. Por considerarme una persona humilde y por ende acomunado con los problemas de la gran mayoría de los ticos con los cuales me siento solidario, a mi manera he querido aportar mi granito de arena . Es así que he propuesto un esbozo de un nuevo partido político dirigido especialmente a los desencantados que no piensan votar en las próximas elecciones de 2006. Quien tenga curiosidad de saber de que se trata lo pueden ver en Internet al Blog, http://blogs.ya.com/arregladasdecarga
22)
También esta denuncia a la Inspección Judicial se encuentra en Internet, y precisamente en los Blogs,
http://blogs.ya.com/costarica-justicia/
http://blogs.ya.com/costaricaaduana/
Agradeciendo por la atención dada a la presente, saluda atentamente,
Dr. Valerio Tonolli





