Legisladores y leyes
El legislador no debe proponerse el bienestar de cierto orden de cuidadanos con exclusión de los demás, sino el bienestar de todos. , Platón
Aún está en forma de Proyecto la "Ley de Jurisdicción Voluntaria para facilitar y agilizar. la tutela y garantía de los. derechos de la persona en materia. civil y mercantil", que en su Capítulo IX, artículos 84-87, describe la forma "De la autorización judicial de los tratamientos no voluntarios de las personas con trastornos psíquicos".
el Proyecto de Ley está "dando vueltas" desde el año 2000 (a veces me pregunto que hacen los representantes de los ciudadanos, aparte de "pasillismo"), lo que resulta confuso -al menos para mi-, es que dada la importancia de dicha Ley, sobre todo para las personas que se encuentran en clara indefensión ante enfermedades mentales que han de ser tratadas por el bien del enfermo y de su entorno, lleve siete años en el proceso de aprobación, para ser retirada -desautorizando al ponente en ese momento: el Ministro de Justicia Sr. Fernández Bermejo-, y sin embargo leyes que no tienen el mismo nivel de importancia, como puedan ser La Ley 13/05 o el RDL 1/96, se tramiten y aprueben con gran diligencia.
Ante esto, sólo puedo decir que la futura Ley de Jurisdicción Voluntaria, ya no le será útil a Teresa Macanás.
(Imagen: "El hombre invisible", Salvador Dali)
(Música: "Adagio en sol menor, Tomaso Albinoni)
Aún está en forma de Proyecto la "Ley de Jurisdicción Voluntaria para facilitar y agilizar. la tutela y garantía de los. derechos de la persona en materia. civil y mercantil", que en su Capítulo IX, artículos 84-87, describe la forma "De la autorización judicial de los tratamientos no voluntarios de las personas con trastornos psíquicos".
el Proyecto de Ley está "dando vueltas" desde el año 2000 (a veces me pregunto que hacen los representantes de los ciudadanos, aparte de "pasillismo"), lo que resulta confuso -al menos para mi-, es que dada la importancia de dicha Ley, sobre todo para las personas que se encuentran en clara indefensión ante enfermedades mentales que han de ser tratadas por el bien del enfermo y de su entorno, lleve siete años en el proceso de aprobación, para ser retirada -desautorizando al ponente en ese momento: el Ministro de Justicia Sr. Fernández Bermejo-, y sin embargo leyes que no tienen el mismo nivel de importancia, como puedan ser La Ley 13/05 o el RDL 1/96, se tramiten y aprueben con gran diligencia.
Ante esto, sólo puedo decir que la futura Ley de Jurisdicción Voluntaria, ya no le será útil a Teresa Macanás.
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