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En Clave Taurin@
"LAS CLAVES DEL TOREO A PARTIR DE EXPERIENCIAS, ANÉCDOTAS Y CURIOSIDADES TAURINAS".
Acerca de
"El toreo es un arte de belleza sin igual cuando se conoce. Los enamorados del toreo vemos crecer nuestra pasión por la fiesta a medida nos vamos adentrando en ella. Ahora quiero compartir ésta, mi gran afición, y acercarla a vosotros" [Elísabet Mora]
Sindicación
 
¡GANADERÍA DE LEY!
El sueño de muchos toreros y de muchos apasionados del toro es llegar a tener algún día una ganadería propia. He de reconocer que a mi me encantaría, y vosotros ¿os gustaría ser ganaderos de reses bravas? En caso de que la respuesta sea positiva, hay muchas cosas que deberíais saber. Como por ejemplo que cualquier ganadería que quiera lidiar sus reses en cualquier tipo de espectáculo taurino tiene que cumplir determinados requisitos legales.

De acuerdo con el actual reglamento taurino, en el ministerio del interior existe un Registro de Empresas Ganadera de Reses de Lidia. Y uno de esos requisitos legales a los que me refería es el de estar inscrito en este registro. Ahora bien ¿quién puede inscribierse en el? o ¿qué condiciones debe cumplir una ganadería para poderse inscribir en él?

La ganadería que pretenda inscribirse en él tiene que contar con un número de hembras reproductoras no inferior a 25 ejemplares y al menos un semental procedentes de empresa ya inscrita en el Registro con una antigüedad mínima de 3 años Además deberá tener adscritos para uso exclusivo el hierro y la señal distintivos con que sus reses figuran el el Libro Genealógico ( dependiente del Ministerio de Agricultura, pesca y alimentación), así como la divisa correspondiente.

Y por último, deberá tener disponibilidad jurídica de terrenos acotados y cerrados con las debidas garantías para el manuejo del ganado de lidia, y sufucientes para mantener el número de cabezas con el que pretenda iniciarse la explotación y un 30% más.
¡ qué de requisitos no os parece!



¡ATENCIÓN!
Para aquellos valientes que os atrevisteis a responder a las preguntas del artículo "En días de lluvia... prontuario taurino", la respuesta a la primera pregunta que hacía referencia a los requisitos que debe cumplir una ganadería para poder lidiar reses bravas... la respuesta es... contar con un número de hembras reproductoras no inferior a 25 ejemplares y, al menos, un semental, procedentes de ganadaría ya inscrita en el Registro con una antigüedad mínima de 3 años.. (opción a)
¿qué tal?, ¿habéis acertado?
 
Comentario:
¡Enhorabuena Elena! Has acertado las tres, y lo más importante: has participado. Gracias por la colaboración.
 
Comentario:
hola Eli he acertado las 3 preguntas del artículo del otro día, y eso q no soy una experta en toros, no se las palabras técnicas...

muchos muakis
 
Comentario:
¡Hola Rocio¡Me permito este comentario para agradecerte tan activa participación en el blog. Ya veras que aprendes muchas cosas curiosas de toros. Seguro que luego cuando vayas a los toros dices "fijate es verdad q pasaba esto" lo leí en en clave taurina. Espero poder seguir leyendo comentarios tuyos, gracias. !Saludos¡
 
Comentario:
¡Hola! Oleee, acerté la pregunta 1 del otro día!! aunque la segunda no jejeje. Espero la solución de la última pregunta, a ver si hay suerte. Muchas condiciones, ¿eh?, y menos mal que no se les exige al ganado inglés "de usuario", como diría aquel... jejeje.

*Mushos besitos*
No