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Sanción de Evicción para amfortas
Querido amigo Amfortas,
1.Lamento comunicarle que ha mentido usted, bien por ignorancia, bien con dolo, en su último comentario realizado en nuestro Blog. Los productores del mismo tendemos a inclinarnos por la primera opción, es decir, es usted un ignorante respecto a lo que afirma sobre los EE.UU., más que por la segunda. Ya sabe usted el aprecio fraternal que le profesamos.
2.Sin embargo, la primera de las normas que guían este blog es el respeto por la realidad. A diferencia de lo que sucede en otros blogs, como en el suyo, por ejemplo, afirmar cualquier falsedad o proporcionar datos incorrectos, en éste está sujeto a la sanción de evicción.
3. En esta ocasión, en lugar de pedirle que pruebe usted las afirmaciones falsas que imputa a la legislación penal de ciertos estados de EE.UU., me he tomado yo la tarea de comprobar su inanidad. Sin embargo, se le advierte que en futuras ocasiones, cuando formule usted acusaciones graves contra personas o entidades, o proporcione datos de sencilla comprobación y fácil reproducción en este medio, nos reservamos el derecho a exigirle que pruebe tales acusaciones, en defensa de la presunción de inocencia del agredido/a.
4. En el presente caso la prueba era sencilla, bastaba con demostrar, como afirma el art. 281 de nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil, la validez y vigencia de la norma que usted aduce.
5. Bien, le proporcionamos la página donde puede usted encontrar la sentencia del Tribunal Supremo Lawrence et ali.vs. Texas de octubre de 2002. Tras la misma las llamadas "sodomylaws" que incriminaban las prácticas sexuales entre personas del mismo sexo, son ilegales y no se aplican sea cual sea su fecha de publicación, lo que de hecho venía sucediendo en la práctica desde hace décadas en todos los estados que aún las tenían. De hecho la sentencia Lawrece vs Texas venía precedida por una resolución similar de los tribunales del circuito en que se haya tal estado.
6. Por lo que se refiere a su segunda afirmación gratuita, le damos el derecho a probarla. Le advertimos sin embargo que hemos accedido facilmente a programas universitarios de facultades de biología, paleontología e historia de los mentados tres estados, de los cuales deducimos que nuevamente estamos ante un infundio.
7. La resolución final que tomamos es la de borrar su comentario. Esta acción se llevará a cabo el jueves 25 de agosto 2005. Tiene dicho plazo para ejercer su derecho de defensa contra la misma.
8. Indudablemente, y con las salvedades antes mencionadas sobre la mentira, deliberada o no, estas páginas siguen abiertas para usted, incluso para rebatir los argumentos que aquí se aducen contra su escrito.

9.La sentencia del Tribunal Supremo la encontrará usted en la siguiente dirección.

http://www.supremecourtus.gov/opinions/02pdf/02-102.pdf

Debido a su extensión -54 páginas- hemos decidido su no reproducción. Sin embargo, se la haremos enviar por correo electrónico gustosamente.
 
Comentario:
1.Señor Amfortas, si no fuese usted abogado, me mantendría en mi teoría de su ignorancia. Pero puesto que usted lo es, y además conoce el sistema legal americano, he decidido considerar que miente usted de modo consciente y contumaz.
2. Se le ha acusado de mentir al afirmar que las relaciones homosexuales en determinados estados son ilegales. Usted hizo esa afirmación ayer. Y no se refería a situaciones en el pasado de los USA. Es decir usted quería que creyésemos que a día de ayer tales prácticas sexuales eran punibles en ciertos estados de Norteamérica.
3.Le hemos ofrecido como prueba en contra una sentencia del Tribunal Supremo, con valor frente a todos, declarando inconstitucional tales leyes. La sentencia es de 26 junio 2003. En ella se hace explícita mención a la sentencia BOWERS v. HARDWICK, 478 U.S. 186 (1986). Y se afirma literalmente que el Tribunal está revisando su propia jurisprudencia.
3. Sin embargo usted afirma ahora que tiene razón. En su defensa arguye, primero la sentencia BOWERS v. HARDWICK, 478 U.S. 186 (1986). Lo más increible es que usted mismo conoce el hecho que el propio Tribunal Supremo del Estado de Georgia anuló por la sentencia S98A0755 Powell v. State, Georgia Supreme Court Nov 23 1998, el statute sobre el que se fundaba la tipificación en dicho estado. Por cierto esto no significa que el legislativo de Georgia derogase dicha ley, sino que el Supremo de Georgia juzgó la ley positiva contraria a la Constitución del propio Estado de Georgia (no a la Constitución federal). Y por último usted nos pregunta que cuál es el binding precedent. Señor Amfortas, si usted no fuese abogado, se lo repito, nos cabría la duda. Aunque tras la lectura de la sentencia Lawrece et ali contra Texas, Supreme Court 26 June 2003, cualquier no perito se da cuenta de la revisión jurisprudencial y por tanto de la perdida de valor vinculante (habilitante en este caso para el legislador estatal) de la sentencia de 1986, y la nueva fuerza vinculante de la nueva doctrina. Señor Amfortas desde el 26 de junio de 2003 nadie en USA puede ser condenado por el mero hecho de mantener relaciones homossexuales. Esto usted lo sabe.
4. Pero hay más. Usted ha usado esta propaganada para equiparar el régimen jurídico norteamericano al de los países árabes donde este tipo de relaciones merece tratamiento penal. Sin embargo oportunamente, el señor Jefferson le informó en su día del tipo de penas que se aplican a los homosexuales en, por ejemplo Iran: la ejecución en la horca. En Puerto Rico, la pena era de multa entre los 10 y los 1000$. La última en 2001 fue de la primera cantidad, hasta que su tribunal supremo la anuló. Hoy ya son imposibles. Como usted muy bien sabía antes de escribir este galimatías suyo como defensa. En nuestra primera decisión, decidimos no tener en cuenta el conocimiento que usted tenía respecto a las diferentes sanciones imponibles en unos y otros países. Y la ocultación que hacía de esa información con su paralelismo. Decidimos centrarnos en mostrar la falsedad del mero hecho de la incriminación de tales conductas HOY en USA, por decisión inapelable de su Tribunal Supremo, contra la que no cabe jurisprudencia anterior, ni inferior, ni legislación infraconstitucional, nacional o de los estados. Pero a la luz de su pertinaz voluntad de engaño, ahora sí voluntario y deliberado, creemos que se le puede claramente imputar DOLO. Voluntad consciente de engaño.
 
Comentario:
el caso es Boswell vs Hardwick aquí http://caselaw.lp.findlaw.com/scripts/getcase.pl?court=US&vol=478&invol=186 está el attachement le supremo de Georgia la derogó en 1999 en http://www.lambdalegal.org/cgi-bin/iowa/cases/decision.html?record=311
 
Comentario:
Tiene razón no son en esos Estados donde la sodomía entre hombres está prohibida apesar del supreme Court caso de Lawrence y Gardner hasta esa sentencia en Texas, Kansas, Missouri y Oklahoma y entre cualquier persona en Alabama,Florida, Idaho, Luissiana, las dos Carolinas,Utah Virgina y el estado libre asociado de Puerto Rico, siento la falta de celo. El caso Hardwick contra Georgia 1986 consideraba legales las leyes antisodomía. ¿Cual es el Bindig precedent? Lex posterior?
No