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SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
Informar y orientar al ciudadano, sobre sus derechos en la Administración de Justicia en España
Áparte de las cuestiones relacionadas con el Registro Civil, otra de mis aficiones es la informática.
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INSCRIPCION DE DEFUNCION DE ESPAÑOL OCURRIDA EN EL EXTRANJERO
La documentación que se deberá presentar en el Registro Civil Central para inscribir una defunción de un español acaecida en el extranjero es la siguiente:

1.- Certificado de defunción expedido por Registro Civil extranjero.
2.- Certificado literal de nacimiento del difunto expedido por Registro Civil español.
3.- Documentación española con la que se identificaba.Si pueden presentarla.
4.- Acreditación del domicilio del promotor en España.
 
INSCRIPCION DEL MATRIMONIO DE EXTRANJEROS, NATURALIZADO ALGUNO DE ELLOS.
Cuando un matrimonio se ha contraido en el extranjero y uno de los conyuges ha obtenido la nacionalidad española, puede inscribirse en el Registro Civil Central, para lo cual deberá aportarse la documentación siguiente:

1.- Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil local extranjero.
2.- Certificado de nacimiento del cóyunge extranjero.
3.- Certificado literal de nacimiento del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
4.- Documento Nacional de Identidad del nacionaliado español.
5.- Acreditación del domicilio del promotor en España.
La anterior documentación deberá ir acompañada de una instancia solicitando la inscripción del matrimonio en el Registro Civil Central, que pueden presentar directamente o a traves del Registro Civil de la residencia.
 
INSCRIPCION DE NACIMIENTO Y ADOPCIÓN CONSTITUIDA EN EL EXTRANJERO
La documentación que se debe de aportar para inscribir en el Registro Civil Central, el nacimiento y la adopción de un niño adoptado en el extranjero es la siguiente:
1.- Certificado de nacimiento del Registro Civil Local extranjero, en su caso, legalizado y traducido.
2.- Sentencia original de adopción, en su caso, legalizada y traducida.
3.- Certificado de idoneidad expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en que residan los adoptantes.
4.- Certificado de matrimonio de los adoptantes, si existiera.
5.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los adoptantes.
6.- Certificado de empadronamiento.