<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1" ?><rss version="2.0" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"><channel><title><![CDATA[SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/rss20.xml]]></link><description><![CDATA[Informar y orientar al ciudadano, sobre sus derechos en la Administración de Justicia en España]]></description><language><![CDATA[ES]]></language><generator><![CDATA[http://www.ya.com]]></generator><item><title><![CDATA[INSCRIPCION DE NACIMIENTO CON INSCRIPCION DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR OPCIÓN]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_38.htm]]></link><description><![CDATA[Se deberá de aportar la siguiente documentación:<br/><br/>1.- Certificado de nacimiento expedido por Registro Civil local extranjero.<br/><br/>2.- Certificado literal de nacimiento del progenitor/es español/es.<br/><br/>3.- Certificado literal de matrimonio de los padres.<br/><br/>4.- Acta de opción que se verifica ante el Registro Civil de residencia.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO Y ADOPCIÓN CONSTITUIDA EN EL EXTRANJERO]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_37.htm]]></link><description><![CDATA[La documentación necesaria es la siguiente:<br/><br/>1.- Certificado de nacimiento del Registro Civil Local extranjero, en su caso, legalizado y traducido.<br/><br/>2.- Sentencia original de adopción, en su caso, legalizada y traducida.<br/><br/>3.- Certificado de Idoneidad expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en que residan los adoptantes.<br/><br/>4.- Certificados literales de nacimiento de los adoptantes, expedidos por el Registro Civil Español.<br/><br/>5.- Certificado de matrimonio de los adoptantes, si existiera.<br/><br/>6.- Fotocopia del Documento Nacionalidad de Identidad de los adoptantes.<br/><br/>7.- Certificado de empadronamiento.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[INSCRIPCION DE DEFUNCION DE ESPAÑOL OCURRIDA EN EL EXTRANJERO]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_36.htm]]></link><description><![CDATA[La documentación que se deberá presentar en el Registro Civil Central para inscribir una defunción de un español acaecida en el extranjero es la siguiente:<br/><br/>1.- Certificado de defunción expedido por Registro Civil extranjero.<br/>2.- Certificado literal de nacimiento del difunto expedido por Registro Civil español.<br/>3.- Documentación española con la que se identificaba.Si pueden presentarla.<br/>4.- Acreditación del domicilio del promotor en España.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[INSCRIPCION DEL MATRIMONIO DE EXTRANJEROS, NATURALIZADO ALGUNO DE ELLOS.]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_35.htm]]></link><description><![CDATA[Cuando un matrimonio se ha contraido en el extranjero y uno de los conyuges ha obtenido la nacionalidad española, puede inscribirse en el Registro Civil Central, para lo cual deberá aportarse la documentación siguiente:<br/><br/>1.- Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil local extranjero.<br/>2.- Certificado de nacimiento del cóyunge extranjero.<br/>3.- Certificado literal de nacimiento del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.<br/>4.- Documento Nacional de Identidad del nacionaliado español.<br/>5.- Acreditación del domicilio del promotor en España.<br/>    La anterior documentación deberá ir acompañada de una instancia solicitando la inscripción del matrimonio en el Registro Civil Central, que pueden presentar directamente o a traves del Registro Civil de la residencia.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[INSCRIPCION DE NACIMIENTO Y ADOPCIÓN CONSTITUIDA EN EL EXTRANJERO]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_34.htm]]></link><description><![CDATA[La documentación que se debe de aportar para inscribir en el Registro Civil Central, el nacimiento y la adopción de un niño adoptado en el extranjero es la siguiente:<br/>1.- Certificado de nacimiento del Registro Civil Local extranjero, en su caso, legalizado y traducido.<br/>2.- Sentencia original de adopción, en su caso, legalizada y traducida.<br/>3.- Certificado de idoneidad expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en que residan los adoptantes.<br/>4.- Certificado de matrimonio de los adoptantes, si existiera.<br/>5.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los adoptantes.<br/>6.- Certificado de empadronamiento.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO CON INSCRIPCIÓN DE LA RECUPERACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_33.htm]]></link><description><![CDATA[La interesada deberá de aportar la siguiente documentación:<br/><br/>1.- Certificado de matrimonio.<br/>2.- Certificado de nacimiento del cónyuge.<br/>3.- Documento Nacional de Identidad del cónyuge.<br/>4.- Documentación de la interesada en vigor:<br/>- Pasaporte extranjero y permiso de residencia o dispensa de la residencia concedida por el Ministro de Justicia.<br/>5.- Certificado de nacimiento de la interesada.<br/>6.- Acta de recuperación.<br/>7.- Acreditación del domicilio de la promotora en España.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[INSCRIPCION COMO ESPAÑOLA A EXTRANJERA CASADA CON ESPAÑOL ANTES DE LA LEY 14/1975 DE 2 DE MAYO]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_32.htm]]></link><description><![CDATA[Para la inscripción directa de nacimiento, de la nacionalidad española y nota de referencia al matrimonio con ciudadano español, la interesada deberá aportar la siguiente documentación:<br/>- Certificado de matrimonio de Registro Civil español.<br/>- Certificado literal de nacimiento del cónyuge expedido por el Registro Civil Español.<br/>- Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, en virgor, del conyuge.<br/>- Documentación española, en vigor, con la que se identifica a la esposa.<br/>- Certificación de nacimiento de la interesada expedido por Registro Civil extranjero.<br/>- Acreditación del domicilio del promotor en España.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO Y MARGINAL DE  NACIONALIDAD ESPAÑOLA]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_31.htm]]></link><description><![CDATA[Una vez aprobada  la nacionalidad española por residencia por concesión del Ministerio de Justicia se deberá de aportar la siguiente documentación:<br/>- Resolución de concesión del Ministerio de Justicia o fotocopia cotejada. Tener en cuenta la fecha de caducidad de la concesión (180 dias desde la notificación). El nombre y apellidos del solicitante deben de coincidir con los que figuran en su certificado de nacimiento.<br/>- Acta de aceptación de la nacionalidad española, juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, en su caso, renuncia a la nacionalidad anterior, y opción por la vecindad civil.<br/>- Certificado de nacimiento del Registro Civil local extranjero, en su caso, legalizado y traducido.<br/>- Acreditación del domicilio del promotor en España.<br/><br/>Esta documentación deberá ser presentada junto con una instancia en el Registro Civil Central o ante el Encargado del Registro Civil de su residencia, quien le dará el curso legal correspondiente. La instancia podeis encontrarla en <a target="_blank" href="http://registrocivil.webspace4free.biz">http://registrocivil.webspace4free.biz</a><br/>]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[INSCRIPCION DE NACIMIENTO DE ESPAÑOL OCURRIDO EN EL EXTRANJERO]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_30.htm]]></link><description><![CDATA[Para poder inscribir el nacimiento de un español ocurrido en el extranjero, en el Registro Civil Central, deberá de aportar la siguiente documentación:<br/>- Certificado de nacimiento del Registro Civil Local extranjero, en su caso, legalizado y traducido. Si el interesado no lo posee, puede iniciar una inscripción fuera de plazo.<br/>- Certificado literal de nacimiento expedido por Registro Civil español del padre o madre que le transmite la nacionalidad española.<br/>- Documento Nacional de Identidad o Pasaporte español del padre o madre español/a.<br/>- Certificado literal de matrimonio de los padres.<br/>- Acreditación del domicilio del promotor en España.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item><item><title><![CDATA[EL REGISTRO CIVIL CENTRAL]]></title><link><![CDATA[http://blogs.ya.com/juzgado/c_29.htm]]></link><description><![CDATA[Es un Registro Civil, único para todo el territorio nacional, y dependiente del Ministerio de Justicia, en el que se inscribiran los hechos para cuya inscripción no resulte competente ningún otro Registro y aquellos que no puedan inscribirse por concurrir circunstancias excepcionales que impidan el funcionamiento del Registro correspondiente.<br/>Igualmente se llevarán en el Registro Civil Central los libros formados con los duplicados de las inscripciones consulares: art. 18 de la Ley del Registro Civil.<br/>El Registro Civil Central, está a cargo de dos Magistrados, asistidos de otros tantos Secretarios judiciales: art. 52 del Reglamento de la Ley del Registro Civil.<br/>Por Real Decreto 644/1990, de 18 de mayo, el Registro Civil Central se encomienda exclusivamente al personal judicial.]]></description><author><![CDATA[Crismoga]]></author></item></channel></rss>
