Obligaciones constitucionales V
Constitución Española de 27 de diciembre de 1.978
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo III
DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA.
Artículo 45
1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo III
DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA.
Artículo 45
1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
Obligaciones constitucionales IV
Constitución Española de 27 de diciembre de 1.978
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo III
DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA.
Artículo 39
3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en los que legalmente proceda.
4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo III
DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA.
Artículo 39
3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en los que legalmente proceda.
4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.
Obligaciones constitucionales III
Constitución Española de 27 de diciembre de 1.978
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo II
Sección 2ª
DE LOS DERECHOS Y DEBERES (obligaciones) DE LOS CIUDADANOS
Artículo 35
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
Muchos sólo reivindican su derecho al trabajo, observen que la norma primero dice del trabajo que es un DEBER, o sea una obligación.
Aquí remito al comentario puesto en el anterior artículo (31):
""Quien supuestamente vive de la caridad religiosa o civil, de "pensiones asistenciales" o mínimas (después de no haber pegado un palo al agua durante años), de ayudas, de subvenciones, generalmente sólo paga los impuestos asociados al consumo que realiza. ¿Por qué no contribuye devolviendo uno de cada 10 euros que gasta de los que percibe como ayuda. Esto sí que sería JUSTO PARA TODOS y PROGRESISTA."".
Desgraciadamente hay varios cientos de miles de personas que supuestamente están en la marginalidad de todas las estádisticas, pero la realidad es que muchos no se privan de nada, se mueven en vehículos nuevos de alta gama, con muchas comodidades de la tecnología actual, pero eso sí, sin dar nunca un palo al agua (o las actividades a las que se dedican, muchas veces sobrepasan la frontera de la delincuencia, nunca contribuyen o van a parar estos ingresos y réditos al estado del bienestar), y, entre tanto que no se privan de nada, nos lanzan a los demás sus miserias familiares y humanas, para perpetuar una generación más conseguir vivir sin dar un palo al agua, con las que intentan movernos a que nos den pena, tener compasión, talante y tolerancia con ellos y que nos rasquemos el bolsillo para las muchas bocas que ellos no se preocupan de mantener. ¿Para qué van a hacerlo?
Para eso están Cáritas, la Cruz Roja, La Seguridad Social, etc. El estado del bienestar se ha hecho para disfrutarlo ellos pero sin contribuir por su parte.
No habíamos quedado que hay que enseñar a pescar en lugar de dar el pescado ¡Ah, que es que no quieren aprender!.
Pues yo ya me he cansado de rascarme el bolsillo para toda esta gente.
!!!El estado del bienestar para el que se lo curra¡¡¡¡
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo II
Sección 2ª
DE LOS DERECHOS Y DEBERES (obligaciones) DE LOS CIUDADANOS
Artículo 35
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
Muchos sólo reivindican su derecho al trabajo, observen que la norma primero dice del trabajo que es un DEBER, o sea una obligación.
Aquí remito al comentario puesto en el anterior artículo (31):
""Quien supuestamente vive de la caridad religiosa o civil, de "pensiones asistenciales" o mínimas (después de no haber pegado un palo al agua durante años), de ayudas, de subvenciones, generalmente sólo paga los impuestos asociados al consumo que realiza. ¿Por qué no contribuye devolviendo uno de cada 10 euros que gasta de los que percibe como ayuda. Esto sí que sería JUSTO PARA TODOS y PROGRESISTA."".
Desgraciadamente hay varios cientos de miles de personas que supuestamente están en la marginalidad de todas las estádisticas, pero la realidad es que muchos no se privan de nada, se mueven en vehículos nuevos de alta gama, con muchas comodidades de la tecnología actual, pero eso sí, sin dar nunca un palo al agua (o las actividades a las que se dedican, muchas veces sobrepasan la frontera de la delincuencia, nunca contribuyen o van a parar estos ingresos y réditos al estado del bienestar), y, entre tanto que no se privan de nada, nos lanzan a los demás sus miserias familiares y humanas, para perpetuar una generación más conseguir vivir sin dar un palo al agua, con las que intentan movernos a que nos den pena, tener compasión, talante y tolerancia con ellos y que nos rasquemos el bolsillo para las muchas bocas que ellos no se preocupan de mantener. ¿Para qué van a hacerlo?
Para eso están Cáritas, la Cruz Roja, La Seguridad Social, etc. El estado del bienestar se ha hecho para disfrutarlo ellos pero sin contribuir por su parte.
No habíamos quedado que hay que enseñar a pescar en lugar de dar el pescado ¡Ah, que es que no quieren aprender!.
Pues yo ya me he cansado de rascarme el bolsillo para toda esta gente.
!!!El estado del bienestar para el que se lo curra¡¡¡¡
Obligaciones constitucionales II
Constitución Española de 27 de diciembre de 1.978
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo II
Sección 2ª
DE LOS DERECHOS Y DEBERES (obligaciones) DE LOS CIUDADANOS
Artículo 31
1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
Desde aquí creemos que toda persona física que obtenga algún ingreso, individualmente o dentro de una familia, debería de tributar una décima parte de él.
Por lo tanto proponemos, dado que esto sí, sería verdaderamente de igualdad para todos, tributar una décima parte de lo que cada uno gaste en un periodo N, ya que creemos cuesta el mismo esfuerzo a todo el mundo al haber verdadera proporcionalidad, y de ello resulta progresividad para todo el sistema, ya que todos notaríamos el mismo peso tributario encima de nosotros por parte de las administraciones públicas.
En este sentido debería de desaparecer el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF), sustituyendo la fiscalidad de las familias o los individuos por un impuesto único SOBRE EL GASTO efectuado a lo largo del año o del periodo que se quiera considerar, exigiendo la correspondiente ley pagar una décima parte de los gastos brutos realizados, para formalizar el pago de este impuesto.
En realidad este es el único impuesto que debería de pagarse, es decir, de ahí las diferentes administraciones (nacional, autonómica, provincial y local), participaría en un porcentaje consensuado en el parlamento español, para financiar los servicios que devuelven al ciudadano cada administración en sus respectivas áreas de influencia.
Lo que ocurre hasta el momento es que el IRPF es injusto, ya que sólo lo pagan los desgraciadicos que tienen una nómina por su trabajo o jubilación, la sufrida clase media.
Quien tiene mucho dinero crea, tras sus empresas, una fundación u organización no gubernamental, desde la que distrae muchos millones de euros al fisco, supuestamente disfrazados de ayudas a la cultura, al desarrollo en el tercer mundo o al medio ambiente.
Quien supuestamente vive de la caridad religiosa o civil, de "pensiones asistenciales" o mínimas (después de no haber pegado un palo al agua durante años), de ayudas, de subvenciones, generalmente sólo paga los impuestos asociados al consumo que realiza. ¿Por qué no contribuye devolviendo uno de cada 10 euros que gasta de los que percibe como ayuda. Esto sí que sería JUSTO PARA TODOS y PROGRESISTA.
Pues en eso estamos.
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo II
Sección 2ª
DE LOS DERECHOS Y DEBERES (obligaciones) DE LOS CIUDADANOS
Artículo 31
1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
Desde aquí creemos que toda persona física que obtenga algún ingreso, individualmente o dentro de una familia, debería de tributar una décima parte de él.
Por lo tanto proponemos, dado que esto sí, sería verdaderamente de igualdad para todos, tributar una décima parte de lo que cada uno gaste en un periodo N, ya que creemos cuesta el mismo esfuerzo a todo el mundo al haber verdadera proporcionalidad, y de ello resulta progresividad para todo el sistema, ya que todos notaríamos el mismo peso tributario encima de nosotros por parte de las administraciones públicas.
En este sentido debería de desaparecer el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF), sustituyendo la fiscalidad de las familias o los individuos por un impuesto único SOBRE EL GASTO efectuado a lo largo del año o del periodo que se quiera considerar, exigiendo la correspondiente ley pagar una décima parte de los gastos brutos realizados, para formalizar el pago de este impuesto.
En realidad este es el único impuesto que debería de pagarse, es decir, de ahí las diferentes administraciones (nacional, autonómica, provincial y local), participaría en un porcentaje consensuado en el parlamento español, para financiar los servicios que devuelven al ciudadano cada administración en sus respectivas áreas de influencia.
Lo que ocurre hasta el momento es que el IRPF es injusto, ya que sólo lo pagan los desgraciadicos que tienen una nómina por su trabajo o jubilación, la sufrida clase media.
Quien tiene mucho dinero crea, tras sus empresas, una fundación u organización no gubernamental, desde la que distrae muchos millones de euros al fisco, supuestamente disfrazados de ayudas a la cultura, al desarrollo en el tercer mundo o al medio ambiente.
Quien supuestamente vive de la caridad religiosa o civil, de "pensiones asistenciales" o mínimas (después de no haber pegado un palo al agua durante años), de ayudas, de subvenciones, generalmente sólo paga los impuestos asociados al consumo que realiza. ¿Por qué no contribuye devolviendo uno de cada 10 euros que gasta de los que percibe como ayuda. Esto sí que sería JUSTO PARA TODOS y PROGRESISTA.
Pues en eso estamos.
Obligaciones constitucionales I
Constitución Española de 27 de diciembre de 1.978
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo II
Sección 2ª
DE LOS DERECHOS Y DEBERES (obligaciones) DE LOS CIUDADANOS
Artículo 30
1. Los españoles tienen el derecho y del deber de defender a España.
Muchos, con total fuerza de su consciencia, olvidan esta obligación, a la vez que renunciando a su derecho, moral y éticamente, no han perfeccionado el derecho para exigir y sustanciar que su patria mueva un dedo por sus vidas cuando estén en peligro, sea por un conflicto, catástrofe, enfermedad u otro tipo de necesidad humana en la que puedan encontrarse.
Son indignos de que su país les defienda en estos casos.
¿Cuando pasen por una de estas circunstancais cambiará su relación con España?
Es de bien nacidos ser agradecido.
Título Primero
de los derechos y deberes fundamentales
Capítulo II
Sección 2ª
DE LOS DERECHOS Y DEBERES (obligaciones) DE LOS CIUDADANOS
Artículo 30
1. Los españoles tienen el derecho y del deber de defender a España.
Muchos, con total fuerza de su consciencia, olvidan esta obligación, a la vez que renunciando a su derecho, moral y éticamente, no han perfeccionado el derecho para exigir y sustanciar que su patria mueva un dedo por sus vidas cuando estén en peligro, sea por un conflicto, catástrofe, enfermedad u otro tipo de necesidad humana en la que puedan encontrarse.
Son indignos de que su país les defienda en estos casos.
¿Cuando pasen por una de estas circunstancais cambiará su relación con España?
Es de bien nacidos ser agradecido.





