INFORMACIÓN ACERCA DE LA ACCIÓN SOCIAL EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID
PRÓTESIS, GAFAS Y SIMILARES
Los gastos de gafas o lentes de contacto, prótesis dentales y auditivas, ortodoncias, material ortoprotésico y otras ayudas que se relacionan a continuación.
· Rehabilitación : El tratamiento incluye: piscinas, magnetoterapia, fisioterapia, rehabilitación convencional y no convencional (acupuntura, naturopatía, quiropráctica y otras). Es necesario un informe médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid que especifique el diagnóstico y el tratamiento a seguir. Si optas por un tratamiento de medicina complementaria, no considerado por tu médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid cuando pidas la ayuda debes aportar el informe del médico con el diagnóstico y el informe del tratamiento del profesional que te trata.
· Medicación, vacunas, y otros tratamientos. Incluye vacunas, líquido de lentillas, (alergia, infantiles, etc.), medicación especial, medicación convencional derivada de enfermedades crónicas o de larga duración que supongan un desembolso considerable por la necesidad continua (costo total, igual o superior a 60,10 euros anuales) y medicación derivada de tratamientos alternativos, como los ya citados. Es necesario un informe médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid que especifique el diagnóstico y el tratamiento a seguir. Si optas por un tratamiento de medicina complementaria, no considerado por tu médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid cuando pidas la ayuda debes aportar el informe del médico con el diagnóstico y el informe del tratamiento del profesional que te trata. El personal que haya solicitado la ayuda de tratamiento psicológico puede presentar como ayuda motivada la factura del psicodiagnóstico o la factura del informe psicológico, previo al tratamiento.
· Alimentación especial. Derivada de una enfermedad o tratamiento especial prescrito por el médico, siempre que las facturas aportadas superen los 60, 10 euros. Están incluidas leches pediátricas, alimentación para celiacos, etc.
· Podología. Ayudas para intervenciones podológicas si se hacen para evitar bajas laborales largas. Se conceden previa justificación de la enfermedad por el médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid y siempre que las facturas anuales igualen o superen los 60,10 euros al año.
· Teleasistencia y ayuda domiciliaria para incapacitados para el personal municipal o los beneficiarios a su cargo. Si recibes la prestación de ayuda a domicilio de los Servicios Sociales pero sigues pagando una parte, puedes solicitar esta ayuda. Si has contratado un servicio de teleasistencia privado, debes aportar las facturas y un informe del IMSALUD, Comunidad de Madrid que acredite la conveniencia de utilizar dicho dispositivo.
· Aparatos y similares: Compra por prescripción médica de humidificadores, medidores, camas y colchones especiales, DRIONIC (Sudoración). Debes aportar informe del IMSALUD, Comunidad de Madrid que indique su necesidad para el tratamiento y cuidado de enfermos.
· Prendas de vestir y otros: Compra de artículos como bañadores especiales, pelucas, gorros quimioterapia, etc. Debes aportar informe del IMSALUD, Comunidad de Madrid que indique la enfermedad y su necesidad.
· Intervenciones quirúrgicas y otras pruebas: Ayudas para gastos derivados de pruebas médicas, intervenciones quirúrgicas y otros, aunque las cubra la Seguridad Social, siempre que se justifique su necesidad y se esté en lista de espera durante tres meses o más. Está incluida la vasectomía y ligadura de trompas.
· Balnearios: Gastos derivados de estancia en balneario por prescripción médica. En el caso de los beneficiarios pasivos solo se concederá la ayuda cuando haya sido denegada por el IMSALUD, Comunidad de Madrid y se aprueba o rechaza por la Mesa de Acción Social.
Importante: El gasto por enfermedad no tiene que estar cubierto por la Seguridad Social, o en caso contrario haber permanecido en lista de espera más de 3 meses, para todas las ayudas que tengan cobertura pública.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Personal municipal activo y pasivo y los miembros de su unidad familiar.
Importe
Hasta un máximo de 503,92 euros.
Cada año, en el mes de noviembre, esta cuantía se modifica ajustándola al IPC real del año. De esta forma, si se solicitaron ayudas por una cuantía superior al límite inicialmente fijado, éste será corregido y se abonará la cantidad correspondiente en la nómina.
¿Cuándo puedo solicitarla?
Durante todo el año.
¿Cómo se solicita?
Una vez realizado el gasto y recopilada la documentación correspondiente, existen dos formas de solicitar la ayuda:
1. A través de ayre: elige el canal Laboral>Prestaciones Sociales>Mis Solicitudes>Solicitud>Gafas, Prótesis y Similares, y sigue los pasos que se indican. Esta modalidad es ágil, fácil de realizar y te permite solicitar la ayuda sin desplazarte del puesto de trabajo.
2. Presencial:
· Rellena la instancia que se entrega en cualquiera de los Registros Municipales o en la Sección de Prestaciones y Acción Social (C/ Bustamante, 16 horario de 9,00 a 14,00 h).
· Adjunta la documentación que se indica, en función de la ayuda solicitada y entrégala en cualquiera de los Registros Municipales (horario de 9,00 a 14,00 h).
Documentación necesaria
n Gafas o lentillas: Factura original y receta de graduación.
n Prótesis dental y ortodoncia: Factura original, detallando el concepto y/o el tratamiento.
n Prótesis auditivas: Factura original y receta o informe médico.
n Ortopedia de prendas y aparatos: Factura original e informe médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid en el que especifique el diagnóstico y la necesidad de utilizar la prenda o el aparato. En todas la solicitudes de ortopedias, excluidas las plantillas, habrá que justificar la denegación del reintegro de gastos o la cantidad parcial abonada por la Seguridad Social.
Ayudas motivadas
n Enfermedades cubiertas por la Seguridad Social:
- Factura original.
- Informe médico del IMSALUD en el que se especifique el diagnóstico y el tratamiento.
- Justificante de la Seguridad Social denegando el reintegro de gastos o
- Justificante de encontrarse en lista de espera de la Seguridad Social por un periodo superior a tres meses.
n Enfermedades no cubiertas por la Seguridad Social:
- Factura original en la que se especifique el tratamiento realizado.
- Informe médico de la Seguridad Social en el que conste el diagnóstico y recomendación del tratamiento, si procede.
n Tratamientos de medicina alternativa:
- Informe médico de la Seguridad Social en el que conste el diagnóstico.
- Informe del especialista con el diagnóstico y el tratamiento a seguir.
- Factura original en la que se especifique el tratamiento realizado.
n Teleasistencia y ayuda a domicilio:
- Informe médico de la Seguridad Social en el que conste la necesidad del servicio de ayuda a domicilio o de teleasistencia.
- Factura del gasto realizado.
Importante: Las facturas deben incluir el número de factura, el o CIF, domicilio fiscal, fecha de expedición, concepto y tipo impositivo.
Consejos prácticos
1. El miembro de la unidad familiar para el que se solicita la ayuda, debe estar dado de alta en la cadena familiar. Si no estuviera, es aconsejable incluirle antes de solicitar la ayuda. Para ello pide el impreso de Declaración Voluntaria de Situación Familiar en el Negociado de Información, C/Bustamante, 16
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BECAS DE ESTUDIO PARA TRABAJADORES
¿Qué incluye esta ayuda?
Becas de estudio para la matriculación en estudios reglados en centros públicos o privados que proporcionen título oficial con validez académica o profesional para todo el territorio nacional.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Cualquier trabajador que esté prestando servicio en el Ayuntamiento de Madrid ó en sus Organismos Autónomos y que se incluya en el ámbito de aplicación del Acuerdo 2004-2007 Ayuntamiento de Madrid - Sindicatos.
¿Cuándo se puede solicitar?
Del 3 de mayo de 2006 hasta el 31 de mayo de 2006
Importe
Modalidad
Tipo de estudios
Cuantía máxima
A
Estudios Universitarios (licenciatura, diplomatura y doctorado), incluidos los impartidos en la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los de Arte Dramático y Danza, Conservatorio Superior Música de Madrid, Curso de especialización en Educación Infantil para maestros a través de la UNED y estudios de Relaciones Laborales impartidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Programas de convalidación que puedan existir para titulados de primer ciclo universitario que deseen proseguir estudios superiores.
450 €
B
Estudios de Bachillerato. Curso de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Ciclos formativos de Grado Medio y Superior, incluidos artes plásticas y diseño. Idiomas en Grado Medio y Superior. Real Conservatorio Profesional de Música de Madrid, estudios en grado medio.
300 €
C
Cursos de Iniciación Profesional. Cursos de Educación de personas adultas impartidos en Centros Oficiales o financiados con Fondos Públicos. Pruebas libres para la obtención del título de Enseñanza Secundaria. Estudios complementarios de música en grado elemental realizados en el Conservatorio Profesional de Música de Madrid. Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior. Pruebas de Selectividad.
200 €
La cuantía de la beca comprende el importe de la matrícula, con el máximo señalado en el cuadro anterior. Se conceden becas hasta agotar el fondo destinado a las mismas.
No están incluidos los estudios de master, postgrado y/o de estudios oficiales ya superados y cualquier tipo de estudio no reglado o de perfeccionamiento
¿Cómo se solicita?
· Presencialmente, cumplimenta el impreso normalizado , adjunta la documentación que se indica y preséntalo en:
- Registros Oficiales del Ayuntamiento de Madrid: Si prestas servicio en el Ayuntamiento de Madrid
- Registros de Organismos Autónomos: Si prestas servicio en el Organismo Autónomo correspondiente
· En ayre en el canal laboral>prestaciones sociales>mis solicitudes. Enviando después por correo interno copia de la solicitud junto con la documentación requerida dirigida a:
-Si prestas servicio en el Ayuntamiento de Madrid: La Subdirección General de Gestión y Prestaciones Sociales. Unidad de Prestaciones Sociales. C/ Bustamante 16, 2ª planta.Tlf. 91 588 23 75.
-Si prestas servicio en OOAA: La unidad competente de tu Organismo Autónomo.
Documentación necesaria
n Fotocopia cotejada de la Declaración de la Renta del año 2004 de todos los miembros que componen la Unidad Familiar. Si dicha declaración ha sido presentada en formato borrador deberá aportar fotocopia cotejada del mismo y del justificante de haberlo confirmado.
n En caso de no presentar Declaración de la Renta, se presentará Certificado de vida laboral y documentos que justifiquen, en su caso, los ingresos obtenidos en el año 2004.
n Fotocopia compulsada de la matrícula del curso y justificante del pago realizado.
n En caso de estudios en centros privados deberán presentar justificante de homologación por el Organismo Oficial competente en materia educativa.
n En caso de aprovechamiento, documento que lo acredite.
La monoparentalidad se deberá actualizar para que aparezca reflejada en su declaración familiar. Y se actualiza presentando copia del Libro de Familia, sentencia de separación o divorcio.
Consejos prácticos
1. Presentar la solicitud en el plazo indicado aunque falte algún documento. Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán denegadas
2. Estar pendiente de la exposición en los tablones de anuncios correspondientes, de la relación de solicitantes que no han acreditado los requisitos exigidos, para poder subsanarlos en un plazo de 10 días a partir de la publicación del anuncio de exposición en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid. Dicha relación también se publicará, con efectos informativos, en ayre en el canal laboral > Boletín de Personal> año 2006
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BECAS DE ESTUDIO PARA HIJOS DE TRABAJADORES
¿Qué incluye esta ayuda?
· Ayudas para los hijos del personal municipal con edades comprendidas entre 3 y 16 años.
· · Becas para los hijos con edades comprendidas ente 16 y 27 años.
· · Los estudios que comprende son los cursados en centros oficiales y que permitan la obtención de un titulo oficial con validez académica que permitan la obtención de un título oficial con validez académica y/o profesional en todo el territorio nacional.
(Los estudios se detallan en las bases de la convocatoria que se publicará en el Boletín Informativo de Personal)
¿Quiénes son los beneficiarios?
Los trabajadores que estén prestando servicio en el Ayuntamiento de Madrid o en sus Organismos Autónomos y que están incluidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo Ayuntamiento de Madrid-Sindicatos para el Período 2004-2007 para la Modernización y Mejora de la Administración Municipal y de las Condiciones de Trabajo de los Empleados Municipales y que tengan hijos con edades comprendidas entre 3 y 27 años reuniendo los requisitos siguientes:
- Estar correctamente incluidos en la declaración familiar el día que se presenta la solicitud .
Para la línea de ayuda de 3 a 16 años:
· Si tienen entre 3 y 5 años de edad deben asistir al colegio y no estar inscritos ni en comedor escolar ni utilizar transporte escolar .
· Si tienen entre 6 y 16 años, deben cursas enseñanza obligatoria. Excepcionalmente pueden solicitar esta ayuda los mayores de 16 años que justifiquen estar realizando estudios obligatorios .
Para la línea de ayuda de Comedor:
· Tener entre 6 y 16 años de edad, estar cursando estudios obligatorios y haber realizado un gasto igual o superior a 300 euros anuales, en concepto de comedor y/o desayuno escolar.
Para la línea de ayuda de 17 a 27 años :
· Estar matriculado o inscrito, en el curso 2005/2006, en un centro público o privado reconocido por el organismo competente en materia educativa, cursando alguno de los estudios detallados en el apto.4.2. de las bases.
· El hijo para el que se solicite la ayuda no pueden realizar actividad profesional retribuida en cuantía superior al Salario Mínimo Interprofesional .
· El hijo que cumpla dentro del año de la convocatoria la edad límite que le impediría ser beneficiario podrá percibir la ayuda, sea cual fuere la fecha de cumplimiento de la edad .
NOTA:
· En caso de que un hijo esté incluido en la declaración familiar de dos trabajadores, sólo tendrá derecho a percibir la ayuda uno de ellos .
· Esta ayuda es incompatible con la ayuda de guardería .
· No están comprendidos en la línea de ayuda de 17 a 27 años, quienes realicen master, cursos de postgrado y/o perfeccionamiento de estudios oficiales ya superados .
· La línea de ayuda de comedor es incompatible con otras ayudas y becas de otros Organismos Públicos cuya cantidad supere el límite establecido en estas bases. En el caso de no alcanzarse dicho límite únicamente se abonará la diferencia .
Modalidad e importe de la ayuda
n Dentro de la presente ayuda, se engloban tres líneas de acción:
Línea de 3 a 16 años:
Se concederá una cantidad fija, resultado de dividir el crédito consignado a esta línea de ayuda entre el número de solicitudes .
Línea de 17 a 27 años:
Las cuantías máximas de la ayuda para cada una de las modalidades, serán las indicadas en el cuadro siguiente:
Modalidad
Tipo de estudios
Cuantía máxima
A
Estudios Universitarios (licenciatura, diplomatura, y doctorado), incluidos los impartidos en la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los de Arte Dramático y Danza, Conservatorio Superior Música de Madrid, Curso de especialización en Educación Infantil para maestros a través de la UNED y estudios de Relaciones Laborales impartidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Programas de convalidación que puedan existir para titulados de primer ciclo universitario que deseen proseguir estudios superiores.
450,00€
B
Estudios de Bachillerato, Curso de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Ciclos formativos de Grado Medio y Superior, incluidos artes plásticas y diseño. Idiomas en Grado Medio y Superior. Real Conservatorio Profesional de Música de Madrid en estudios en grado medio.
300,00€
C
Cursos de Iniciación Profesional. Cursos de Educación de personas adultas Impartidos en Centros Oficiales o financiados con Fondos Públicos. Pruebas libres para la obtención del título de enseñanza Secundaria. Estudios complementarios de música en grado elemental realizados en el conservatorio Profesional de Música de Madrid. Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior. Pruebas de Selectividad.
200,00€
La cuantía de la ayuda comprenderá, como límite máximo al señalado en el cuadro anterior en función del tipo de estudio. Exclusivamente en el caso de estudios superiores, el importe de la ayuda no podrá superar la cantidad abonada en concepto de matrícula .
Línea de ayuda de comedor de 6 a 16 años:
Las cuantías máximas de la ayuda de comedor serán las que se recogen en el siguiente cuadro, en función del número de puntos que obtenga cada solicitante. Los puntos se calcularán de acuerdo con el baremo aprobado por la Mesa de Acción Social e incluido en las bases:
Puntos
Cuantía máxima
6 ó menos
60,00€
Entre 7 y 13
135,00€
14 ó más
250,00€
.
¿Cuándo puedo solicitarla?
En el plazo indicado en la convocatoria que será publicado a través del Boletín del Ayuntamiento de Madrid.
¿Cómo se solicita?
Mediante impreso normalizado que deberá recoger y presentar acompañado obligatoriamente de la documentación que se indica y dentro del plazo establecido, de la siguiente forma:
§ Para personal que preste servicio en el Ayuntamiento: En cualquiera de los registros oficiales del Ayuntamiento de Madrid.
§ Para personal que preste servicio en Organismos Autónomos: En el/los registros de su Organismo Autónomo.
Documentación necesaria
Para los que soliciten la línea de ayuda de 3 a 16 años:
§ Para hijos con edades comprendidas entre 3 y 5 años, matricula del colegio y justificante de la no asistencia a comedor y del no uso del transporte escolar.
§ Para hijos mayores de 16 que soliciten esta línea de ayuda, justificante de la matrícula.
Para los que soliciten la línea de ayuda de Comedor de 6 a 16 años:
§ Factura de comedor que justifique un gasto igual o superior a 300 euros en el curso, con los siguientes datos: DNI, nombre y apellidos del trabajador, mes/es en los que se produce el gasto, importe y fecha de la factura.
Para los que soliciten la línea de 17 a 27 años:
§ Fotocopia compulsada de la matrícula del curso y justificante del pago realizado.
§ En caso de estudios en centros privados deberán presentar justificante de homologación por el Organismo Oficial competente en materia educativa.
§ En caso de aprovechamiento, documento que lo acredite.
Además, los que soliciten la línea de Ayuda de Comedor de 6 a 16 años y/o la línea de ayuda de 17 a 27 años:
§ Fotocopia cotejada de la Declaración del la Renta del año anterior de todos los miembros que componen la Unidad Familiar. Si dicha declaración ha sido presentada en formato borrador deberá aportar fotocopia cotejada del mismo y del justificante de haberlo confirmado.
§ En caso de no presentar Declaración de la Renta, se presentará Certificado de Vida Laboral y documentos que justifiquen, en su caso, los ingresos obtenidos en dicho año.
Los gastos de gafas o lentes de contacto, prótesis dentales y auditivas, ortodoncias, material ortoprotésico y otras ayudas que se relacionan a continuación.
· Rehabilitación : El tratamiento incluye: piscinas, magnetoterapia, fisioterapia, rehabilitación convencional y no convencional (acupuntura, naturopatía, quiropráctica y otras). Es necesario un informe médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid que especifique el diagnóstico y el tratamiento a seguir. Si optas por un tratamiento de medicina complementaria, no considerado por tu médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid cuando pidas la ayuda debes aportar el informe del médico con el diagnóstico y el informe del tratamiento del profesional que te trata.
· Medicación, vacunas, y otros tratamientos. Incluye vacunas, líquido de lentillas, (alergia, infantiles, etc.), medicación especial, medicación convencional derivada de enfermedades crónicas o de larga duración que supongan un desembolso considerable por la necesidad continua (costo total, igual o superior a 60,10 euros anuales) y medicación derivada de tratamientos alternativos, como los ya citados. Es necesario un informe médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid que especifique el diagnóstico y el tratamiento a seguir. Si optas por un tratamiento de medicina complementaria, no considerado por tu médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid cuando pidas la ayuda debes aportar el informe del médico con el diagnóstico y el informe del tratamiento del profesional que te trata. El personal que haya solicitado la ayuda de tratamiento psicológico puede presentar como ayuda motivada la factura del psicodiagnóstico o la factura del informe psicológico, previo al tratamiento.
· Alimentación especial. Derivada de una enfermedad o tratamiento especial prescrito por el médico, siempre que las facturas aportadas superen los 60, 10 euros. Están incluidas leches pediátricas, alimentación para celiacos, etc.
· Podología. Ayudas para intervenciones podológicas si se hacen para evitar bajas laborales largas. Se conceden previa justificación de la enfermedad por el médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid y siempre que las facturas anuales igualen o superen los 60,10 euros al año.
· Teleasistencia y ayuda domiciliaria para incapacitados para el personal municipal o los beneficiarios a su cargo. Si recibes la prestación de ayuda a domicilio de los Servicios Sociales pero sigues pagando una parte, puedes solicitar esta ayuda. Si has contratado un servicio de teleasistencia privado, debes aportar las facturas y un informe del IMSALUD, Comunidad de Madrid que acredite la conveniencia de utilizar dicho dispositivo.
· Aparatos y similares: Compra por prescripción médica de humidificadores, medidores, camas y colchones especiales, DRIONIC (Sudoración). Debes aportar informe del IMSALUD, Comunidad de Madrid que indique su necesidad para el tratamiento y cuidado de enfermos.
· Prendas de vestir y otros: Compra de artículos como bañadores especiales, pelucas, gorros quimioterapia, etc. Debes aportar informe del IMSALUD, Comunidad de Madrid que indique la enfermedad y su necesidad.
· Intervenciones quirúrgicas y otras pruebas: Ayudas para gastos derivados de pruebas médicas, intervenciones quirúrgicas y otros, aunque las cubra la Seguridad Social, siempre que se justifique su necesidad y se esté en lista de espera durante tres meses o más. Está incluida la vasectomía y ligadura de trompas.
· Balnearios: Gastos derivados de estancia en balneario por prescripción médica. En el caso de los beneficiarios pasivos solo se concederá la ayuda cuando haya sido denegada por el IMSALUD, Comunidad de Madrid y se aprueba o rechaza por la Mesa de Acción Social.
Importante: El gasto por enfermedad no tiene que estar cubierto por la Seguridad Social, o en caso contrario haber permanecido en lista de espera más de 3 meses, para todas las ayudas que tengan cobertura pública.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Personal municipal activo y pasivo y los miembros de su unidad familiar.
Importe
Hasta un máximo de 503,92 euros.
Cada año, en el mes de noviembre, esta cuantía se modifica ajustándola al IPC real del año. De esta forma, si se solicitaron ayudas por una cuantía superior al límite inicialmente fijado, éste será corregido y se abonará la cantidad correspondiente en la nómina.
¿Cuándo puedo solicitarla?
Durante todo el año.
¿Cómo se solicita?
Una vez realizado el gasto y recopilada la documentación correspondiente, existen dos formas de solicitar la ayuda:
1. A través de ayre: elige el canal Laboral>Prestaciones Sociales>Mis Solicitudes>Solicitud>Gafas, Prótesis y Similares, y sigue los pasos que se indican. Esta modalidad es ágil, fácil de realizar y te permite solicitar la ayuda sin desplazarte del puesto de trabajo.
2. Presencial:
· Rellena la instancia que se entrega en cualquiera de los Registros Municipales o en la Sección de Prestaciones y Acción Social (C/ Bustamante, 16 horario de 9,00 a 14,00 h).
· Adjunta la documentación que se indica, en función de la ayuda solicitada y entrégala en cualquiera de los Registros Municipales (horario de 9,00 a 14,00 h).
Documentación necesaria
n Gafas o lentillas: Factura original y receta de graduación.
n Prótesis dental y ortodoncia: Factura original, detallando el concepto y/o el tratamiento.
n Prótesis auditivas: Factura original y receta o informe médico.
n Ortopedia de prendas y aparatos: Factura original e informe médico del IMSALUD, Comunidad de Madrid en el que especifique el diagnóstico y la necesidad de utilizar la prenda o el aparato. En todas la solicitudes de ortopedias, excluidas las plantillas, habrá que justificar la denegación del reintegro de gastos o la cantidad parcial abonada por la Seguridad Social.
Ayudas motivadas
n Enfermedades cubiertas por la Seguridad Social:
- Factura original.
- Informe médico del IMSALUD en el que se especifique el diagnóstico y el tratamiento.
- Justificante de la Seguridad Social denegando el reintegro de gastos o
- Justificante de encontrarse en lista de espera de la Seguridad Social por un periodo superior a tres meses.
n Enfermedades no cubiertas por la Seguridad Social:
- Factura original en la que se especifique el tratamiento realizado.
- Informe médico de la Seguridad Social en el que conste el diagnóstico y recomendación del tratamiento, si procede.
n Tratamientos de medicina alternativa:
- Informe médico de la Seguridad Social en el que conste el diagnóstico.
- Informe del especialista con el diagnóstico y el tratamiento a seguir.
- Factura original en la que se especifique el tratamiento realizado.
n Teleasistencia y ayuda a domicilio:
- Informe médico de la Seguridad Social en el que conste la necesidad del servicio de ayuda a domicilio o de teleasistencia.
- Factura del gasto realizado.
Importante: Las facturas deben incluir el número de factura, el o CIF, domicilio fiscal, fecha de expedición, concepto y tipo impositivo.
Consejos prácticos
1. El miembro de la unidad familiar para el que se solicita la ayuda, debe estar dado de alta en la cadena familiar. Si no estuviera, es aconsejable incluirle antes de solicitar la ayuda. Para ello pide el impreso de Declaración Voluntaria de Situación Familiar en el Negociado de Información, C/Bustamante, 16
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BECAS DE ESTUDIO PARA TRABAJADORES
¿Qué incluye esta ayuda?
Becas de estudio para la matriculación en estudios reglados en centros públicos o privados que proporcionen título oficial con validez académica o profesional para todo el territorio nacional.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Cualquier trabajador que esté prestando servicio en el Ayuntamiento de Madrid ó en sus Organismos Autónomos y que se incluya en el ámbito de aplicación del Acuerdo 2004-2007 Ayuntamiento de Madrid - Sindicatos.
¿Cuándo se puede solicitar?
Del 3 de mayo de 2006 hasta el 31 de mayo de 2006
Importe
Modalidad
Tipo de estudios
Cuantía máxima
A
Estudios Universitarios (licenciatura, diplomatura y doctorado), incluidos los impartidos en la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los de Arte Dramático y Danza, Conservatorio Superior Música de Madrid, Curso de especialización en Educación Infantil para maestros a través de la UNED y estudios de Relaciones Laborales impartidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Programas de convalidación que puedan existir para titulados de primer ciclo universitario que deseen proseguir estudios superiores.
450 €
B
Estudios de Bachillerato. Curso de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Ciclos formativos de Grado Medio y Superior, incluidos artes plásticas y diseño. Idiomas en Grado Medio y Superior. Real Conservatorio Profesional de Música de Madrid, estudios en grado medio.
300 €
C
Cursos de Iniciación Profesional. Cursos de Educación de personas adultas impartidos en Centros Oficiales o financiados con Fondos Públicos. Pruebas libres para la obtención del título de Enseñanza Secundaria. Estudios complementarios de música en grado elemental realizados en el Conservatorio Profesional de Música de Madrid. Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior. Pruebas de Selectividad.
200 €
La cuantía de la beca comprende el importe de la matrícula, con el máximo señalado en el cuadro anterior. Se conceden becas hasta agotar el fondo destinado a las mismas.
No están incluidos los estudios de master, postgrado y/o de estudios oficiales ya superados y cualquier tipo de estudio no reglado o de perfeccionamiento
¿Cómo se solicita?
· Presencialmente, cumplimenta el impreso normalizado , adjunta la documentación que se indica y preséntalo en:
- Registros Oficiales del Ayuntamiento de Madrid: Si prestas servicio en el Ayuntamiento de Madrid
- Registros de Organismos Autónomos: Si prestas servicio en el Organismo Autónomo correspondiente
· En ayre en el canal laboral>prestaciones sociales>mis solicitudes. Enviando después por correo interno copia de la solicitud junto con la documentación requerida dirigida a:
-Si prestas servicio en el Ayuntamiento de Madrid: La Subdirección General de Gestión y Prestaciones Sociales. Unidad de Prestaciones Sociales. C/ Bustamante 16, 2ª planta.Tlf. 91 588 23 75.
-Si prestas servicio en OOAA: La unidad competente de tu Organismo Autónomo.
Documentación necesaria
n Fotocopia cotejada de la Declaración de la Renta del año 2004 de todos los miembros que componen la Unidad Familiar. Si dicha declaración ha sido presentada en formato borrador deberá aportar fotocopia cotejada del mismo y del justificante de haberlo confirmado.
n En caso de no presentar Declaración de la Renta, se presentará Certificado de vida laboral y documentos que justifiquen, en su caso, los ingresos obtenidos en el año 2004.
n Fotocopia compulsada de la matrícula del curso y justificante del pago realizado.
n En caso de estudios en centros privados deberán presentar justificante de homologación por el Organismo Oficial competente en materia educativa.
n En caso de aprovechamiento, documento que lo acredite.
La monoparentalidad se deberá actualizar para que aparezca reflejada en su declaración familiar. Y se actualiza presentando copia del Libro de Familia, sentencia de separación o divorcio.
Consejos prácticos
1. Presentar la solicitud en el plazo indicado aunque falte algún documento. Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán denegadas
2. Estar pendiente de la exposición en los tablones de anuncios correspondientes, de la relación de solicitantes que no han acreditado los requisitos exigidos, para poder subsanarlos en un plazo de 10 días a partir de la publicación del anuncio de exposición en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid. Dicha relación también se publicará, con efectos informativos, en ayre en el canal laboral > Boletín de Personal> año 2006
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BECAS DE ESTUDIO PARA HIJOS DE TRABAJADORES
¿Qué incluye esta ayuda?
· Ayudas para los hijos del personal municipal con edades comprendidas entre 3 y 16 años.
· · Becas para los hijos con edades comprendidas ente 16 y 27 años.
· · Los estudios que comprende son los cursados en centros oficiales y que permitan la obtención de un titulo oficial con validez académica que permitan la obtención de un título oficial con validez académica y/o profesional en todo el territorio nacional.
(Los estudios se detallan en las bases de la convocatoria que se publicará en el Boletín Informativo de Personal)
¿Quiénes son los beneficiarios?
Los trabajadores que estén prestando servicio en el Ayuntamiento de Madrid o en sus Organismos Autónomos y que están incluidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo Ayuntamiento de Madrid-Sindicatos para el Período 2004-2007 para la Modernización y Mejora de la Administración Municipal y de las Condiciones de Trabajo de los Empleados Municipales y que tengan hijos con edades comprendidas entre 3 y 27 años reuniendo los requisitos siguientes:
- Estar correctamente incluidos en la declaración familiar el día que se presenta la solicitud .
Para la línea de ayuda de 3 a 16 años:
· Si tienen entre 3 y 5 años de edad deben asistir al colegio y no estar inscritos ni en comedor escolar ni utilizar transporte escolar .
· Si tienen entre 6 y 16 años, deben cursas enseñanza obligatoria. Excepcionalmente pueden solicitar esta ayuda los mayores de 16 años que justifiquen estar realizando estudios obligatorios .
Para la línea de ayuda de Comedor:
· Tener entre 6 y 16 años de edad, estar cursando estudios obligatorios y haber realizado un gasto igual o superior a 300 euros anuales, en concepto de comedor y/o desayuno escolar.
Para la línea de ayuda de 17 a 27 años :
· Estar matriculado o inscrito, en el curso 2005/2006, en un centro público o privado reconocido por el organismo competente en materia educativa, cursando alguno de los estudios detallados en el apto.4.2. de las bases.
· El hijo para el que se solicite la ayuda no pueden realizar actividad profesional retribuida en cuantía superior al Salario Mínimo Interprofesional .
· El hijo que cumpla dentro del año de la convocatoria la edad límite que le impediría ser beneficiario podrá percibir la ayuda, sea cual fuere la fecha de cumplimiento de la edad .
NOTA:
· En caso de que un hijo esté incluido en la declaración familiar de dos trabajadores, sólo tendrá derecho a percibir la ayuda uno de ellos .
· Esta ayuda es incompatible con la ayuda de guardería .
· No están comprendidos en la línea de ayuda de 17 a 27 años, quienes realicen master, cursos de postgrado y/o perfeccionamiento de estudios oficiales ya superados .
· La línea de ayuda de comedor es incompatible con otras ayudas y becas de otros Organismos Públicos cuya cantidad supere el límite establecido en estas bases. En el caso de no alcanzarse dicho límite únicamente se abonará la diferencia .
Modalidad e importe de la ayuda
n Dentro de la presente ayuda, se engloban tres líneas de acción:
Línea de 3 a 16 años:
Se concederá una cantidad fija, resultado de dividir el crédito consignado a esta línea de ayuda entre el número de solicitudes .
Línea de 17 a 27 años:
Las cuantías máximas de la ayuda para cada una de las modalidades, serán las indicadas en el cuadro siguiente:
Modalidad
Tipo de estudios
Cuantía máxima
A
Estudios Universitarios (licenciatura, diplomatura, y doctorado), incluidos los impartidos en la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los de Arte Dramático y Danza, Conservatorio Superior Música de Madrid, Curso de especialización en Educación Infantil para maestros a través de la UNED y estudios de Relaciones Laborales impartidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Programas de convalidación que puedan existir para titulados de primer ciclo universitario que deseen proseguir estudios superiores.
450,00€
B
Estudios de Bachillerato, Curso de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Ciclos formativos de Grado Medio y Superior, incluidos artes plásticas y diseño. Idiomas en Grado Medio y Superior. Real Conservatorio Profesional de Música de Madrid en estudios en grado medio.
300,00€
C
Cursos de Iniciación Profesional. Cursos de Educación de personas adultas Impartidos en Centros Oficiales o financiados con Fondos Públicos. Pruebas libres para la obtención del título de enseñanza Secundaria. Estudios complementarios de música en grado elemental realizados en el conservatorio Profesional de Música de Madrid. Pruebas de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior. Pruebas de Selectividad.
200,00€
La cuantía de la ayuda comprenderá, como límite máximo al señalado en el cuadro anterior en función del tipo de estudio. Exclusivamente en el caso de estudios superiores, el importe de la ayuda no podrá superar la cantidad abonada en concepto de matrícula .
Línea de ayuda de comedor de 6 a 16 años:
Las cuantías máximas de la ayuda de comedor serán las que se recogen en el siguiente cuadro, en función del número de puntos que obtenga cada solicitante. Los puntos se calcularán de acuerdo con el baremo aprobado por la Mesa de Acción Social e incluido en las bases:
Puntos
Cuantía máxima
6 ó menos
60,00€
Entre 7 y 13
135,00€
14 ó más
250,00€
.
¿Cuándo puedo solicitarla?
En el plazo indicado en la convocatoria que será publicado a través del Boletín del Ayuntamiento de Madrid.
¿Cómo se solicita?
Mediante impreso normalizado que deberá recoger y presentar acompañado obligatoriamente de la documentación que se indica y dentro del plazo establecido, de la siguiente forma:
§ Para personal que preste servicio en el Ayuntamiento: En cualquiera de los registros oficiales del Ayuntamiento de Madrid.
§ Para personal que preste servicio en Organismos Autónomos: En el/los registros de su Organismo Autónomo.
Documentación necesaria
Para los que soliciten la línea de ayuda de 3 a 16 años:
§ Para hijos con edades comprendidas entre 3 y 5 años, matricula del colegio y justificante de la no asistencia a comedor y del no uso del transporte escolar.
§ Para hijos mayores de 16 que soliciten esta línea de ayuda, justificante de la matrícula.
Para los que soliciten la línea de ayuda de Comedor de 6 a 16 años:
§ Factura de comedor que justifique un gasto igual o superior a 300 euros en el curso, con los siguientes datos: DNI, nombre y apellidos del trabajador, mes/es en los que se produce el gasto, importe y fecha de la factura.
Para los que soliciten la línea de 17 a 27 años:
§ Fotocopia compulsada de la matrícula del curso y justificante del pago realizado.
§ En caso de estudios en centros privados deberán presentar justificante de homologación por el Organismo Oficial competente en materia educativa.
§ En caso de aprovechamiento, documento que lo acredite.
Además, los que soliciten la línea de Ayuda de Comedor de 6 a 16 años y/o la línea de ayuda de 17 a 27 años:
§ Fotocopia cotejada de la Declaración del la Renta del año anterior de todos los miembros que componen la Unidad Familiar. Si dicha declaración ha sido presentada en formato borrador deberá aportar fotocopia cotejada del mismo y del justificante de haberlo confirmado.
§ En caso de no presentar Declaración de la Renta, se presentará Certificado de Vida Laboral y documentos que justifiquen, en su caso, los ingresos obtenidos en dicho año.